Ciudades para un Futuro más Sostenible
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Libro blanco de la sostenibilidad en el planeamiento urbanístico español
José Fariña Tojo, José Manuel Naredo (directores)
<<< 2.1 Fomentar un uso más sostenible del patrimonio edificado |2.2 Fomentar la diversidad, calidad y versatilidad de los espacios públicos urbanos| 2.3 Favorecer el acceso a la naturaleza (zonas verdes) >>>

2.2 Fomentar la diversidad, calidad y versatilidad de los espacios públicos urbanos

2.21. Eliminar barreras arquitectónicas
A pesar de lo que pueda parecer, en este caso sí es posible legislar. De hecho tanto el Estado español como algunas comunidades autónomas cuentan con una normativa adecuada. Ya hace tiempo que los criterios de integración, lucha contra la exclusión social, etc., se han constituido como un excelente indicador de la salud social de una comunidad y de su permanencia como tal en el tiempo.

2.22. Diseñar espacios multifuncionales y legibles
Lógicamente éste es uno de los ejemplos más claros de la dificultad que se encuentra el legislador de trasladar a la norma un criterio de diseño. Debería ser el campo de manuales y recomendaciones.

2.23. Aplicar criterios bioclimáticos a los espacios abiertos
De manifiesta importancia para conseguir una mayor eficiencia del sistema y un mayor confort en las ciudades, sorprenden, sin embargo, las escasas referencias al tema, limitándose a principios generales sin descender a detalles concretos. La obligatoriedad de justificar el diseño de una calle y una plaza, no sólo basado en criterios funcionales o estéticos, sino también de eficiencia y confort debería de aparecer en la legislación.

2.24. Incorporar mobiliario urbano polivalente
Probablemente esta cuestión debería de figurar más bien en las guías y recomendaciones más que en la normativa. En todo caso sería una buena práctica de las instituciones locales.

2.25. Reducir tipologías que favorezcan la privatización de los espacios abiertos
La privatización de los elementos más importantes de la vida ciudadana es el elemento básico que está detrás de la pérdida de funciones del espacio público tradicional y, por extensión, de cambios muy importantes en el funcionamiento eficiente de la ciudad. Y esta privatización se está produciendo de forma muy importante en aquellas tipologías como las de manzana cerrada con jardines o equipamientos que sustituyen a los públicos en su interior. La pérdida de la calidad de la vida urbana que ello trae consigo en un elemento negativo en el planeamiento de la ciudad. Sin embargo, también en este caso son evidentes las dificultades para legislar.

Resultados

Ya se ha hecho mención al criterio relativo a la supresión de barreras arquitectónicas como el único de este apartado que, en parte, puede ser regulado por una norma legal. Así lo han hecho, tanto la legislación estatal como la de algunas Comunidades (entre otras, Cantabria, Cataluña. Extremadura o Murcia). Sin embargo, para el resto de criterios sólo existe alguna mención indirecta. Ello es debido, no a la escasa importancia del criterio sino más bien a que el vehículo adecuado para que lo considere el planificador o el diseñador urbano no es una norma jurídica. En este criterio se puede ver la importancia de la existencia de manuales y recomendaciones de diseño a los que se puede dar un carácter casi obligatorio permitiendo al diseñador que se aparte de los mismos siempre que justifique su discrepancia y convenza a la oficina responsable de las bondades de un diseño que se aparta del recomendado. Esta práctica, todavía de un uso sumamente restringido en nuestro país permite una flexibilidad necesaria para el diseño e incompatible con una norma jurídica. La alternativa es dejarlo completamente en manos del proyectista, con la pérdida de control social que conlleva y el peligro de hacerlo en una situación urbana.