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Eficiencia energética
Ángela Matesanz Parellada| Madrid (España), septiembre de 2008.
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Lámina 1. Relación entre Directivas Europeas e iniciativas de la Administración Española

Directivas Europeas Planes de la Administración Española Medidas concretas para edificación (Administración Española)

Directiva 2006/32/CE sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos.

La finalidad de la presente Directiva es fomentar la mejora rentable de la eficiencia del uso final de la energía en los Estados miembros.

Objetivos:

  1. Los Estados miembros fijarán un objetivo orientativo nacional general de ahorro energético del 9% para el 2016.
  2. Presentación del primer plan de acción para la eficiencia energética (PAEE).
  3. Cada Estado miembro elaborará programas y acciones para mejorar la eficiencia energética.
  4. Los Estados miembros asignarán a una o varias autoridades u organismos existentes o nuevos el control general y la responsabilidad de la vigilancia de la eficiencia y el ahorro.
  5. La Comisión analizará, tres años más tarde, si se presenta una propuesta de Directiva para mejorar la la eficiencia energética mediante los certificados blancos.

Directiva Europea de Eficiencia energética en Edificación 2002/91/CE:

El objetivo de la presente Directiva es fomentar la eficiencia energética de los edificios de la Comunidad, teniendo en cuenta las condiciones climáticas exteriores y las particularidades locales, así como los requisitos ambientales interiores y la relación coste-eficacia. La presente Directiva establece requisitos en relación con:

  1. el marco general de una metodología de cálculo de la eficiencia energética integrada de los edificios;
  2. la aplicación de requisitos energética de los edificios nuevos mínimos de eficiencia;
  3. la aplicación de requisitos mínimos de eficiencia energética de grandes edificios existentes que sean objeto de reformas importantes;
  4. la certificación energética de edificios;
  5. la inspección periódica de calderas y sistemas de aire acondicionado de edificios y, además, la evaluación del estado de la instalación de calefacción con calderas de más de 15 años.

Plan de fomento de energía renovables PER 2005-2010

Constituye la revisión del Plan de Fomento de las Energías Renovables en España 2000-2010. Con esta revisión, se trata de mantener el compromiso de cubrir con fuentes renovables al menos el 12% del consumo total de energía en 2010, así como de incorporar los otros dos objetivos indicativos -29,4% de generación eléctrica con renovables y 5,75% de biocarburantes en transporte para ese año- adoptados con posterioridad al anterior plan.


Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética en España E4 2004-2012

Impulsada en 2003 por el Ministerio de economía plantea para cada uno de los principales sectores involucrados, una serie de medidas que deben establecerse durante el citado período. Sin embargo al no recoger iniciativas concretas, se pone en marcha en 2005 el Plan de Acción para 2005-2007. Una vez cumplido este periodo se impulsa el segundo Plan de Acción 2008-2012 en marcha en estos momentos.

Objetivos

Objetivos sectoriales energéticos y de reducción de emisiones, totales y diferenciales respecto al E4, del PAE4+ 2008-2012:

i-eficiencia-7a.jpg

  • Ahorro de energía primaria según 2005 de 11.318 ktep en 2012.
  • Ahorro de energía primaria según 2008, 24.776 ktep en 2012 (13,7%).
  • Volumen de reducción de emisiones de 270.592 ktCO2 en 2012.

Situación actual

  • Se ha ahorrado un 11% de la energía en este periodo.
  • Se han reducido hasta ahora 32.462 ktCO2.

Comparación de escenarios en el sector de la edificación (PAE4):

i-eficiencia-7b.jpg

Código Técnico de la edificación CTE

«El Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, es el nuevo marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, establecidos a su vez en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).» (IDAE, 2008)

Se basa en cinco secciones principales:

  • HE1: Limitación de la demanda energética.
  • HE2: Rendimiento de las instalaciones térmicas
  • HE3: Eficiencia Energética de las instalaciones de iluminación.
  • HE4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.
  • HE5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.


Modificación del Reglamento de Instalaciones térmicas de edificios (RITE)

«El RITE, establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene a través de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, para conseguir un uso racional de la energía. Se relaciona directamente con la HE2: Rendimiento de las instalaciones térmicas.» (IDAE, 2008)

Respecto a la eficiencia energética plantea:

  1. Mayor rendimiento energético en los equipos de generación de calor y frío, y los destinados al movimiento y transporte de fluidos.
  2. Mejor aislamiento en los equipos y conducciones de los fluidos térmicos.
  3. Mejor regulación y control para mantener las condiciones de diseño previstas en los locales climatizados.
  4. Incorporación de subsistemas de recuperación de energía y el aprovechamiento de energías residuales.
  5. Desaparición gradual de equipos generadores menos eficientes.
  6. Sistemas obligatorios de contabilización de consumos en el caso de instalaciones colectivas.

Respecto a energías renovables plantea:

  1. La utilización de energías renovables disponibles, en especial la energía solar y la biomasa.
  2. La desaparición gradual de combustibles sólidos más contaminantes.


Certificación energética de edificios

«Certificado de eficiencia energética de un edificio: un certificado reconocido por el Estado miembro, o por una persona jurídica designada por él, que incluye la eficiencia energética de un edificio calculada con arreglo a una metodología basada en el marco general figura en el anexo.» (Directiva 2002/91/CE)


Actualización de la Normas de aislamiento Térmico NB-CT-79

«Los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno, así como de sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a al radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratando adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos.» (Exigencia Básica HE1: Limitación de la demanda de energía)


Edición del 30-8-2017
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