Documentos > Urbanismo bioclimático > http://habitat.aq.upm.es/ub/a003.html |
La orientación de la estructura urbana principal. Las calles
configuradoras de la estructura urbana principal pueden estar
orientadas teniendo en cuenta las condiciones de sol y viento que
afectan al asentamiento.
La adaptación o no a la topografía. Los condicionantes del
soporte territorial, pendientes, exposición al sol, orientación,
etc, pueden haber determinado la estructura urbana originaria de
un asentamiento y puede que sea oportuno para los crecimientos
futuros.
Las condiciones geométricas del espacio urbano. Relación entre
el ancho de calles y plazas para obtener unas buenas condiciones
de ventilación y soleamiento.
Tamaño y forma de los espacios libres y zonas verdes. Los
espacios libres y las zonas verdes pueden ser verdaderamente
eficaces cuando alcanzan un tamaño relativamente adecuado con
respecto al continuo edificado circundante. Por lo tanto será
objeto del estudio determinar cuales son las dimensiones y formas
de la red actual y redimensionarlas adecuadamente en la Ordenanza
Medioambiental propuesta.
Localización de las zonas verdes. Su localización es un factor
fundamental con respecto a las variables de sol, viento y
condiciones geomorfológicas del soporte territorial ya que pueden
alterar sus características originarias. Se mejora notablemente
cuando las zonas verdes están relacionadas dentro de la ciudad,
configurando una verdadera red de espacios libres y zonas verdes
internas de la ciudad.
Orientación de las zonas verdes. La orientación va a condicionar
las variables de sol y exposición a la radiación solar directa
y reflejada, así como con respecto a las situaciones de vientos
dominantes o calmas.
Otras condiciones intrínsecas de las zonas verdes y espacios
libres. Establecidas como la presencia de vegetación (caduca o
perenne), el acabado superficial (albedo de suelo), la
permeabilidad del soporte (escorrentía de los acabados
superficiales), y otros elementos complementarios regulados desde
la Ordenanza Mediambiental Local de un asentamiento.
Condiciones geométricas de las manzanas y patios de manzana.
Superficies más recomendables de manzanas con formas y
dimensiones establecidas tras un análisis del medio natural del
asentamiento que determinarán las condiciones óptimas de las
manzanas y sus patios, en la Ordenanza Medioambiental reguladora.
Orientación de las manzanas. Teniendo en cuenta las variables de
sol y viento y totalmente relacionadas con la estructura viaria,
se establecerán las orientaciones más favorables para cada
asentamiento a fin de conseguir los criterios de optimación de
las condiciones locales climáticas.
Densidad edificatoria. La esponjosidad del tejido edificado
también tendrá su reflejo al establecer la densidad edificatoria
óptima para aprovechar los recursos del medio natural. Medias y
altas densidades hacen más rentable los altos costes de la
urbanización y ayudan al control y economía de los recursos
energéticos de una población.
Condiciones geométricas de las parcelas. Formas, relaciones de
ancho/fondo, áreas de movimiento y superficie parcela mínima más
aconsejable, así como el establecimiento de la alineación oficial
o los espacios de retranqueo admitidos por la Ordenanza
Medioambiental en base a las características propias de cada
localidad.
La ocupación máxima de las parcelas y patios de parcela. Se
establece el condicionante de los patios, como factor importante
para determinar la ocupación máxima de la edificación dentro de
la parcela edificable. Los patios son un elemento importante de
cara a establecer su forma, orientación y localización para que
sirvan para mejorar las condiciones climáticas locales en las
épocas invernales y estivales así como la iluminación natural de
las viviendas.
La edificabilidad máxima de las parcelas. La edificabilidad
máxima viene condicionada por la ocupación y por el número máximo
de plantas aconsejable para cada unas de las parcelas. Las
variables de sol y obstrucción solar, establecerán la relación
entre la altura de la edificación y el ancho de las calles, de
forma que puede ser condición indispensable que existan al menos
dos horas de sol en el solsticio de invierno en todas las
fachadas principales o vivideras del inmueble. Sólido capaz,
altura máxima, de cornisa, de coronación, de fachada, y
construcciones admitidas por encima de la altura máxima
completarán los requisitos establecidos en la Ordenanza
Medioambiental Local del municipio.
Las condiciones formales de la edificación. Definida a través de
sus parámetros básicos, establece la tipología edificatoria por
zonas urbanas homogéneas. La diversidad tipológica favorece el
control pormenorizado del medio natural y ofrece más soluciones
a los ciudadanos para mejorar su calidad de vida.
Las condiciones higiénicas de la edificación. Definición de pieza
habitable, y dimensiones de los huecos adecuadas para cada
orientación teniendo en cuenta las condiciones climáticas y
lumínicas locales en cada una de las fachadas del inmueble.
Las características constructivas de la edificación. Muros,
cubiertas, forjados, particiones interiores, carpinterías y
acristalamientos. Estas características determinarán las
condiciones óptimas de la edificación adecuadas al clima
concreto, y posibilitarán la adopción de medidas de
acondicionamiento pasivo para el ahorro energético local;
invernaderos acristalados, cubiertas estanque, muros trombe o de
acumulación, ventilación nocturna, torres del viento, conductos
enterrados...etc, tanto para el calentamiento como para la
refrigeración pasiva de las edificaciones.
Las condiciones estéticas de la edificación. Tratamiento de las
fachadas y de las medianeras,(colores, materiales constructivos,
formas óptimas.etc); cubiertas (planas, o inclinadas, colores,
sistemas de ventilación o captación solar, materiales
constructivos óptimos. etc.); cuerpos volados, soportales y
aleros ; formas y dimensiones de los huecos (según las fachadas
y la planta edificada); y otros elementos característicos que
puedan ayudar a controlar el microclima interno de los inmuebles
(estanques, patios internos sombreados, etc).
Las condiciones de uso. Usos recomendados, compatibles,
tolerables y prohibidos, establecidos por la Ordenanza, para que
se establezcan los criterios de áreas multifuncionales con
diversidad de usos de acuerdo con las últimas experiencias
internacionales sobre al respecto.
Esther Higueras
Fecha de referencia: 22-07-1998
Documentos > Urbanismo bioclimático > http://habitat.aq.upm.es/ub/a003.html |