Documentos > El espacio agrícola entre el campo y la ciudad > http://habitat.aq.upm.es/eacc/agranada.html |
La Vega de Granada es una comarca española situada en la parte central de la provincia. Es una zona muy fértil por la presencia del río Genil y ha tenido una importancia histórica en la economía de la región. Cuenta con una superficie de 87.230 hectáreas de las que apenas un 3,5% están dentro de la capital.
La vega es un espacio singular por sus características físicas, la experiencia en métodos de explotación agrícola y la calidad del paisaje. La base económica de la comarca ha sido siempre la agricultura pero a partir de los años sesenta se apoya el desarrollo de otras actividades económicas.
En las últimas décadas ha sufrido grandes transformaciones territoriales. Una zona agraria se ha visto convertida en una aglomeración urbana de 32 municipios con una población de 450.000 habitantes. Este aumento del suelo urbanizado y la población, junto con la dependencia económica de la capital, ha incrementado la demanda de infraestructura para el transporte, fragmentando los suelos cultivados y dificultando el uso agrario. Además, el crecimiento urbano genera unas expectativas económicas en los propietarios de la tierra que superan las previstas con un uso agrícola y ganadero.
Los suelos agrícolas de la zona han sido objeto de protección en documentos de planeamiento desde los años setenta. En la actualidad tanto el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del 2000 como el Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, recuperan la visión del lugar con valor no sólo ambiental sino también productivo y retoman las categorías de protección asociadas al uso agrícola.
El Plan de Ordenación Territorial del Área Urbana de Granada (POTAUG) protege los suelos agrícolas presentes en la vega, lo que significa que la superficie protegida es mucho menor que los planes anteriores dado que delimita aquellos que no han sido ocupados. Hace alusiones al suelo agrícola pero no lo regula.
Los planes municipales incorporan consideraciones sobre suelo agrario desde 1985, donde ya se planteaba la creación de un extenso parque agrícola por razones económicas y productivas, paisajísticas y recreativas. De este plan surge un Plan Especial de la Vega en 1991 que pretendía fomentar el equilibrio en el desarrollo, analizando impactos y limitando las capacidades de acogida del territorio. Incorporó en sus categorías de suelo protegido al menos cinco relacionadas con la agricultura. Su principal objetivo era frenar la gran cantidad de edificaciones ilegales que proliferaban, pero no llegó a aplicarse.
El actual PGOU, dentro del marco del POTAUG, recupera la visión territorial. Entre sus objetivos surgen contradicciones ya que se plantea dotar de grandes infraestructuras de comunicación a la aglomeración urbana y a la vez pretende establecer una protección particularmente intensa en los suelos de la vega. Se propone incluso un cinturón periférico de aparcamientos que descongestione la ciudad y facilite el acceso. Aún así, el plan es consciente de la creciente desaparición de los usos agrícolas y plantea reducir las tensiones especulativas a través de procesos de rehabilitación de barrios para redirigir al sector de la construcción, que tiene puesta su mirada en la construcción de la vega, y fijar población dentro de la ciudad.
Define seis tipos de Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola, regulando los usos que se permiten bajo petición de licencia, para evitar el aumento de edificaciones ilegales, habituales en la vega. Estas construcciones ilegales son asumidas en suelo no urbanizable si cumplen las condiciones de ser residencias tradicionales o estar regularizadas en planeamientos anteriores. También se asumen aquellas que se han desarrollado por falta de regulación y son antiguas (recreativas, equipamientos, infraestructuras e incluso industrias) o aquellas localizadas en la categoría de huertos familiares.
En esta categoría de suelo se prohíbe la destrucción de suelo natural, las acciones agresivas para el medio ambiente y el abandono de suelo de uso agrícola. Esta visión del actual PGOU de la ciudad choca con las intenciones del Ayuntamiento de promover un parque de ocio (Parque del Milenio) para lo que habría que cambiar el uso de suelo patrimonial protegido a uso Urbano Dotacional. El Ayuntamiento defiende su propuesta con la necesidad de un gran parque para la aglomeración urbana.
Para evitar la amenaza de que los municipios puedan cambiar el uso a través de modificaciones puntuales de su planeamiento existen iniciativas para declarar la Vega de Granada como Bien de Interés Cultural (BIC), bajo la figura de Sitio Histórico. El apoyo social a la protección de la vega es muy alto. Las organizaciones agrarias y ciudadanas han elaborado un plan de dinamización en el que se exige el compromiso de las administraciones públicas para la protección efectiva de los suelos productivos. La creación de un Parque Agrario y la consideración de Sitio Histórico son las principales reivindicaciones.
La Vega de Granada es una comarca española situada en la parte central
de la provincia, caracterizada por tener una zona de llanura en la
parte occidental —a excepción de Sierra Elvira— y relieve
montañoso en el resto, con Sierra Nevada, Sierra de Huétor y Sierra de
la Alfaguara. Cuenta con 22 kilómetros de longitud por 8 Km de
anchura, siguiendo el eje del río Genil en dirección Este-Oeste. Los recursos
hídricos oscilan entre los 100 y 250 hm3/año, provenientes de
la escorrentía superficial. Es un espacio caracterizado por su alto
potencial agrario basado en una gran calidad de sus suelos y en el
fácil acceso al agua de riego. Constituye la unidad comarcal más
importante de la provincia de Granada, con una superficie total de
87.230 ha (3.251 ha dentro de la capital). Su relevancia no sólo se
debe su tamaño, sino también a la importancia económica que ha
representado en la provincia.
La vega es un espacio singular por múltiples motivos:
Figura 1: Comarca de la Vega de Granada
La Vega de Granada ha sufrido en las últimas dos décadas transformaciones territoriales (físicas, demográficas, socio-económicas y funcionales) de fuerte calado. Así, un ámbito eminentemente agrario ha devenido en una aglomeración urbana compleja e interrelacionada (32 municipios), con un claro sesgo metropolitano en el sentido funcional, que cuenta con 450.000 habitantes (5,16 hab/ha). La aglomeración urbana generada en torno a la vega está despertando un gran interés social y de los organismos públicos tanto locales como autonómicos. El reconocimiento de la nueva situación se hace expreso en los documentos de planeamiento.
Podíamos resumir las transformaciones acaecidas en la vega como fruto de los siguientes motivos:
Granada | |
| |
Superficie (ha) | 136.322 |
Población (hab) | 500.121 |
Densidad de población (hab/ha) | 3,67 |
La desincentivación para la inversión en la explotación agrícola tiene como resultado la aparición de una multitud de usos del suelo. Esto hace que pervivan elementos de producción antiguos mezclados con nuevas funciones del territorio (residencial, ocio, dotaciones, infraestructuras...).
No han surgido formas intermedias propias de la agricultura periurbana, como diagnostica la Agenda 21, y sin embargo la implantación de modelos agrícolas intensivos puede complicar la supervivencia de la vega como estructura agraria.
Un aspecto a resaltar es la contradicción, que múltiples diagnósticos sobre la zona señalan, entre los objetivos del planeamiento y el imparable proceso urbanizador. En la actualidad, aún con un Plan General que reconoce el valor agrícola de la vega se han aportado terrenos para la construcción del Campus de la Salud así como la localización del Parque del Milenio, proyectos de grandes dotaciones para la aglomeración urbana que modifican los usos supuestamente protegidos.
Uso agrícola
La base económica de la comarca ha sido durante mucho tiempo la agricultura de regadío. A partir de los años sesenta se inició un proceso de transformación a favor de otras actividades económicas. La crisis del sector agrario se entiende como un cambio en el modelo económico más que un agotamiento de las condiciones físicas. Las causas de la crisis del sector agrario en la vega se encuentran en la fragilidad de las estructuras agrarias para contener la presión ejercida por el crecimiento urbano-industrial.
Entre los años 1973-1983 aumentó la centralidad de la ciudad de Granada y a partir de 1983 se produjo la consolidación de la periferia sobre la capital, dando lugar a la aglomeración urbana. Hasta el año 1999 se calcula que se han perdido aproximadamente 4.000 ha de suelo rural de vega para su transformación en suelo urbano, debido a un crecimiento del área metropolitana de Granada. Este crecimiento llamado «a salto de rana» (Menor Toribio, 1998) ha dado lugar a la aparición de huecos intersticiales de espacio agrario entre las nuevas zonas urbanas y ha creado un «espacio urbano discontinuo separado por intersticios de espacios rurales, de modo que frente a la dualidad campo-ciudad de ayer se antepone la aparición de espacios periurbanos y rururbanos».
De 11.062 hectáreas de vega protegida, 1.225 ha son de suelo ocupado por usos urbanos, lo que supone casi un 10% (Fernández Caldera, 2004). Desde 1999 hasta 2003 se ha incrementado la ocupación de suelo agrícola en un 39%, aún estando aprobado el POTAUG. Este plan protege 6.545 ha de suelo de alto valor ecológico, agrícola y paisajístico para sistema de espacios libres, sobre todo de la vega (5.000 ha), pero no está resultando efectivo.
El impacto que el desarrollo urbano provoca sobre la actividad agraria de la vega pueden resumirse en:
El resultado es la caída espectacular del número de explotaciones (reducidas a la mitad en menos de veinte años) y de la ocupación agraria. Entre los años 1991 y 2001 el número total de ocupados en la vega se incrementó en un 6%, mientras que se destruyó el 60% del empleo agrario. La edad de los agricultores se ha envejecido de tal modo que entre 1982 y 1999 se han reducido a la mitad, y un cuarto de ellos ha sobrepasado la edad de jubilación.
Desde múltiples sectores se pide la incorporación de políticas activas (ya existentes en el siglo XIX) para construir un contexto más favorable para estilos de agricultura menos agresivos medioambientalmente que los intensivos ahora implantados.
Las explotaciones agrícolas se caracterizan por:
Los suelos agrarios de la vega son protegidos por primera vez en el Plan General Comarcal de 1973, que reconoció ciertas áreas con un grado de protección agrícola, los criterios empleados eran de tipo económico con la intención, ya incipiente en aquel momento, de proteger el uso agrícola ante el crecimiento urbano. Años después el Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEPMF) de 1987 olvidó los usos agrícolas y por tanto la vega, quizás porque entendía ya protegida la zona por el Plan Comarcal de 1973, aunque estaba prácticamente derogado con la llegada de los ayuntamiento democráticos.
En lo que respecta a los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional, la agricultura tiene un peso significativo en seis de los ocho planes hasta ahora aprobados (en total se prevén 19). Entre ellos se encuentra el POTAUG,[1]. Más tarde se redactó el Plan Especial de Protección de la Vega de Granada, que protege diversas zonas pero sólo aquellas incluidas en el término municipal. Este plan tampoco ha tenido mucho éxito dado que se siguieron ocupando ilegalmente la vega con construcciones industriales o residenciales.
El actual Plan General de Ordenación Urbana de 2000, hereda del anterior Plan General de 1985 y del Plan Especial de la Vega redactado a partir de las recomendaciones del planeamiento, la visión del lugar con valor no sólo ambiental, sino también productivo y retoma las categorías de protección asociadas a uso agrícola. La limitación del crecimiento de la ciudad no es el único motivo de protección de la vega, sino que se complementa con el concepto de especial protección agrícola.
Este planteamiento del actual Plan General de la ciudad choca con las intenciones de ubicación de un parque de ocio (Parque del Milenio) que defiende el Ayuntamiento y muestra como un logro en la gestión y en la propiedad del suelo, pero se enfrenta con la petición de múltiples asociaciones de un parque agrario. A partir de la aprobación en 2006 del anteproyecto de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, donde se contempla con visión patrimonial el legado de la agricultura, se pretende la declaración de la Vega de Granada como BIC, bajo la figura de Sitio Histórico. La protección aumentaría en base a convertirse en un lugar fuera de la amenaza de recalificación, modificación puntual o revisiones del planeamiento.
Planificación | Protección del territorio | Año |
| ||
Plan de Ordenación Comarcal | 1. Suelos de protección agrícola | 1973 |
2. Suelos de protección paisajística | ||
| ||
Plan Especial de Protección del Medio Físico | Protección Especial Integral | 1987 |
1. Complejos litorales excepcionales | ||
2. Parajes excepcionales | ||
Protección Especial Compatible | ||
1. Complejo Serranos de Interés Ambiental | ||
2. Zonas húmedas transformadas | ||
3. Complejo litorales de interés ambiental | ||
4. Complejos ribereños de interés ambiental | ||
5. Parajes sobresalientes | ||
6. Espacios forestales de interés recreativo | ||
7. Paisajes agrícolas singulares | ||
| ||
Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Granada | Sistemas Estructurantes | 1999 |
Sistema de espacios libres | ||
1. Espacios protegidos extensivos | ||
2. Espacios protegidos lineales | ||
3. Corredores verdes | ||
Zonas sometidas a restricciones | ||
1. Unidades ecológicas | ||
2. Unidades ambientales | ||
3. Unidades paisajísticas | ||
Zonas de mejora y regeneración ambiental | ||
| ||
Plan General de Ordenación Urbana de Granada | 1985 | |
1. Ámbito de protección Alambra | ||
2. Parques suburbanos | ||
3. Ámbito de protección agrícola | ||
4. Ámbito de protección forestal | ||
5. Ámbito de protección ecológica de alta regenerabilidad | ||
6. Ámbito de protección paisajística | ||
| ||
Plan Especial Vega | 1991 | |
1. Zona de protección agrícola | ||
2. Zonas de protección agrícola-arbórea | ||
3. Zonas de protección agrícola-activa | ||
4. Zonas a regenerar | ||
5. Zonas de contacto suelos urbanos-urbanizables | ||
6. Zona agrícola residual | ||
7. Zona de huertos familiares | ||
| ||
Plan General de Ordenación Urbana | Suelo de protección agrícola | 2000 |
1. Protección agrícola general | ||
2. Protección agrícola-arbórea | ||
3. Protección agrícola-activa | ||
4. Protección agrícola a regenerar | ||
5. Protección agrícola ganadera | ||
6. Huertos familiares | ||
Suelo de protección ecológica | ||
1. Protección de cauces y vegas | ||
2. Parques rurales | ||
3. Protección forestal | ||
4. Protección de vertientes | ||
Sistema general de espacios libres |
En el área metropolitana de Granada hay alrededor de 490.000 habitantes (2007). Sólo el 6,17% de la población activa se dedica al sector primario. La densidad de población de la aglomeración urbana es de 5,73 hab/ha, frente a los 3,67 hab/ha de la vega y 0,72 hab/ha de la provincia.
Del aumento de población de los últimos años, el 45% se han localizado en Granada (26,83 hab/ha) y el resto en la aglomeración. Los municipios de la periferia son los que han experimentado un mayor incremento en el suelo urbano y las infraestructuras; y se han convertido en aglutinadores de los mayores niveles de actividad económica y movilidad, lo que se traduce en una mayor explotación de recursos y pérdida de suelo agrícola. La movilidad diaria es de casi 330.000 viajes por motivo de trabajo.
Las áreas rurales de la Vega de Granada están sufriendo importantes transformaciones debido a la crisis del sector agrario. Estos cambios son aún mayores en aquellas zonas localizadas en espacios periurbanos que se ven afectadas por procesos de crecimiento demográfico y expansión urbana, estableciéndose una fuerte competencia entre los usos tradicionales agrarios y los usos residenciales, recreativos e industriales. Los factores de localización de la población en la actualidad no están basados en las buenas condiciones agronómicas que llevaron a poblar la vega, sino al proceso de ‘metropolización’ del área urbana de Granada. La ciudad de Granada se refuerza como núcleo funcional, mientras que una serie de municipios de alrededor se convierten en centros industriales, de almacenaje o residenciales con un gran crecimiento de su parqué inmobiliario a precios bastante inferiores que la capital. Conforme nos alejamos del centro principal, se reconoce una menor influencia de la capital y una mayor existencia y renovación de actividades agrarias, sin excesivos conflictos entre estos usos y los urbanos. La causa principal de esta pérdida de suelo es la expansión urbana debida a las políticas desarrollistas implantadas en los años 80 por la mayoría de los ayuntamientos. Entre los años 1973 y 1983 se incrementó la periferia en 85.000 viviendas. Las vías de comunicación han sido otra de las principales causas de la ocupación, ya que se han constituido en ejes de crecimiento, la A92, la A66, la circunvalación y sobre todo la Ronda Sur.
Años | Superficie (ha) | Población (hab) |
| ||
1956 | 816,00 | - |
1970 | 1.776,50 | 298.845 |
1981 | - | 369.498 |
1984 | 2.329,28 | - |
1990 | 3.581,00 | - |
1995 | 4.343,92 | - |
1999 | 6.232,75 | 431.628 |
2003 | 7.008,71 | 449.046 |
2007 | - | 490.414 |
Multitud de iniciativas ciudadanas y políticas han dado un paso más solicitando que se impulse un acuerdo de gobierno de la Diputación de Granada para instar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a través de su Delegación Provincial en Granada, a que inicie el procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Andaluz de la Vega de Granada, declarándola Bien de Interés Cultural (BIC) como Sitio Histórico. También hay que destacar que Ecologistas en Acción ha presentado alegaciones al Plan General de 2000, planteando que se pretende avanzar en la destrucción de la vega al proponer la creación de un parque periurbano en la zona de circunvalación que enmascara un proyecto de urbanización residencial, eliminando zonas hasta ahora rurales. Proponen que el suelo agrario sea considerado un equipamiento de producción de alimentos frescos de calidad.
Nace de la declaración de polo de desarrollo de Granada y pretende
fomentar el desarrollo económico cambiando la base económica, pasando
de una actividad fundamentalmente agraria a otra industrial.
Consideraciones sobre suelo agrícola. Reconoce importantes áreas de vega como suelos de protección agrícola. Los criterios utilizados fueron de índole económica. No fue respetado y fracasó en el intento de proteger suelos de vega frente al boom inmobiliario de la periferia.
Consideraciones sobre suelo agrícola. Se protegieron importantes áreas montañosas incluidas dentro del ámbito del área metropolitana, se incrementó la superficie protegida desde poco mas de 8.000 ha hasta más de 28.500 ha. No obstante, se olvidó la protección de la vega. Las consideraciones en este caso no atendieron en ningún caso a criterios agrícolas. Con la promulgación de la Ley 2/89 de Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía se declararon un gran número de parques naturales, pero no se incluyeron consideraciones relativas al uso.
Se enmarca dentro de la figura de los Planes subregionales recogida en la Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de Andalucía, siendo sus determinaciones vinculantes para el planeamiento urbanístico.
Los principales problemas que detecta el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada (POTAUG), según justifica en el epígrafe 2.3 son:
Consideraciones sobre suelo agrícola. Protege espacios de la vega con objeto de preservarlos de su posible ocupación urbanística. La superficie de vega protegida por el POTAUG (alrededor de 5.000 ha) desciende con respecto al Plan Comarcal, ya que protege aquellas zonas naturales no ocupadas por suelo urbano, que lógicamente se habían reducido. La protección tiene como objetivo crear un sistema de espacios libres de la aglomeración que mejore la calidad de vida de los habitantes, unas 450.000 personas.
Plantea la regeneración de espacios marginales agrícolas o forestales, en algunos casos constitutivos del sistema de espacios libres por razones de localización, para restablecer el vínculo de los habitantes con el medio rural. El POTAUG hace alusiones al suelo agrícola, aunque no llega a regularlo:
La necesidad por motivos productivos, sociales, culturales, históricos e incluso ambientales y paisajísticos de conservar en su mayor integridad el espacio de vega, sin que ello sea obstáculo irreductible para la organización global del sistema urbano cuando ha sido preciso contar con parte del mismo, ha justificado una decidida intervención desde el plan para evitar ocupaciones banales de espacio tan singular. En el modelo territorial que plantea se definen zonas de excepcional valor productivo, que tienen singulares condiciones de conservación.Sánchez del Árbol (1999)
Figura 2: Zonas sometidas a restricciones de usos y transformaciones, (POTAUG, 1999)
Consideraciones sobre suelo agrícola. Plantea la creación de un extenso Parque Agrícola de la Vega por razones productivas y económicas (3.500 empleos), paisajísticas, recreativas y ambientales para ello promueve la conservación de 3.251 hectáreas de la vega fértil incluidas en el municipio.
Su redacción surge de la protección incluida en el PGOU de 1985.
Consideraciones sobre suelo agrícola. Pretende fomentar un desarrollo equilibrado de la vega, definiendo capacidades de acogida del territorio, estableciendo una predicción de impactos y ordenando los usos del territorio en función de su compatibilidad. No llegó a aplicarse y fracasó en el intento de acotar la cantidad de edificaciones ilegales que proliferaron por la vega. El plan recoge un catálogo de edificaciones ilegales que generan problemas de agotamiento de recursos, falsas expectativas a terrenos colindantes...
Propuso una serie de zonas a proteger o regenerar según su situación, definiendo las siguientes categorías:
Entre los motivos que se exponían para la revisión del Plan General se encontraban algunos relacionados con la vega y su condición de espacio naturalizado periurbano:
El PGOU asume y desarrolla los criterios del POTA,
siendo incluso más restrictivo en lo relativo a la afectación del
territorio cercano, particularmente de la vega por usos
distorsionadores del carácter rural. Entiende el complejo
ciudad-territorio estableciendo como objetivo general el fomento de la
integración territorial frente al crecimiento incontrolado de los usos
urbanos. Otro tema de relevancia es la supuesta falta de rentabilidad
agrícola, que se hace patente en la comparación con las rentas
obtenidas de su inclusión en el proceso urbanizador y ejerce una
presión capaz de eliminar suelo agrícola. En ocasiones, incluso con la
promoción por parte del propio PGOU de la ubicación de
aparcamientos para descongestionar la ciudad, en el marco de un plan
de creación de un cinturón de aparcamientos periféricos que apoye al
plan de peatonalización del centro. El plan adopta una actitud de
mejora urbana y protección del medio, y se presenta cauteloso ante la
creciente desaparición de usos agrícolas sin control político. Plantea
reducir la tensión especulativa dando salida a la actividad
inmobiliaria productiva con procesos de rehabilitación interior de
barrios periféricos.
Consideraciones sobre la vega. Se reconoce su valor productivo, sociocultural, paisajístico...y el hecho de ser la base física del sistema formado por la aglomeración urbana. La limitación del crecimiento de la ciudad hacia la vega se completaría con el concepto de especial protección agrícola. Para ello establece las siguientes categorías:
Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola. Se entiende por categoría de Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola el ámbito del término municipal que presenta una notable singularidad derivada de sus características geográficas y físicas así como por el mantenimiento de usos y estructuras agrarias tradicionales de interés social y ambiental.
Y las siguientes subcategorías:
En el Suelo de Protección Agrícola:
El tema de las edificaciones ilegales en la vega se recoge en varios puntos del plan. El artículo 3.1.8 «reconoce y asume todas las edificaciones de carácter residencial consolidadas en el suelo no urbanizable» ya sean, tradicionales o regularizadas por planeamientos anteriores. El resto quedan «fuera de ordenación» hasta la adaptación a la nueva normativa. También se recoge un uso de enclaves excepcionales, que recoge aquellas situaciones excepcionales que se han producido en suelo no urbanizable por falta de regulación y que debido a su antigüedad se asumen por parte de las normas. Son principalmente actividades recreativas, equipamientos, infraestructuras e industrias.
En suelo genérico agrícola se prohíben aquellos usos que provoquen los siguientes efectos:
El único subtipo de suelo que permite legalizar las edificaciones (no
recogidas en catálogo ni legalizadas previamente) es el de
huertos familiares, cumpliendo las determinaciones dadas en el artículo
3.1.4.
Sobre un total de superficie del término municipal de
8.793 ha, se clasifica como suelo no urbanizable de especial
protección el 65%, distribuido entre la vega y el cauce de
los ríos.
Actuaciones propuestas:
La relación de la vega con la ciudad se ve sesgada por el muro continuo que supone la circunvalación. El PGOU prevé para los pocos espacios de la vega que quedan entre la ciudad y la vía su conversión en sistemas generales de espacios libres, incluyendo la creación de un Parque Periurbano (de ocio), figura de protección recogida en la Ley 2/89, que trata de proteger espacios naturales próximos a áreas urbanas por sus valores naturales, lúdicos y educativos como áreas de esparcimiento de la población urbana.
La Consejería de Agricultura y Pesca, elaboró un Plan de Agricultura[2] en el que recoge de un modo específico la Vega de Granada como una de las zonas en las que está previsto el apoyo institucional al Plan Estratégico (al igual que en otros lugares como la Alpujarra o el Valle del Guadalhorce). El objetivo principal es prestar apoyo económico a programas a escala local priorizarando aquellas zonas donde haya colaboración municipal.
Este documento, realizado por organizaciones agrarias (FAECA
[3],
GRAECO [4]) y ciudadanas (Descubrir la Vega,
Ecologistas en Acción, Granada al Pedal, Granada
Sostenible, Necesitamos la Vega y la Fundación Gondwana
para el desarrollo sostenible), parte de la consideración de la vega
como un paisaje multifuncional en el que la agricultura debería
cumplir funciones de alimentación y proveer de servicios ambientales.
Defienden la vega como patrimonio económico y productivo, histórico,
natural y paisajístico, además de ser un referente vivencial de los
granadinos.
Exigen el compromiso de las administraciones públicas para
la protección efectiva de los suelos productivos y el consumo lógico
de los recursos naturales. Para ello proponen:
El Plan Estratégico de la Vega, enmarcado en el Plan Andaluz de Agricultura Ecológica de la Consejería, ha logrado un aumento en la superficie dedicada a cultivos ecológicos, y parece que junto con la creación de un Parque Agrario y la consideración de Sitio Histórico son las luchas, que para el mantenimiento de la singularidad del entorno y su uso, están activas.
El Ayuntamiento propone un parque de ocio y esparcimiento que contempla el cambio de uso de 500 ha pasando de estar calificadas como suelo patrimonial protegido en el actual POTAUG a Suelo Urbano Dotacional. Este proyecto se ha convertido en el mayor punto de desacuerdo entre el Ayuntamiento y la mayoría de los agentes sociales afectados, ya que estos lo ven como una excusa para promover suelo, mientras que el Ayuntamiento se defiende justificándolo con la necesidad de suelo dotacional recreativo en la zona. De cualquier modo, la posibilidad de cambiar la clasificación y el uso del suelo a través de una modificación del Plan General se ve como la mayor amenaza que tiene el suelo que queda de vega productiva, por lo que la idea de incluirlo en una categoría de suelo regulada supramunicipalmente se ve como la mejor solución.
Plan de Agricultura de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía
Plan de Dinamización Integral para la Vega de Granada
Plan Estratégico de Agricultura Ecológica de la Vega de Granada
Plan General de Ordenación Urbana de Granada
Plan de Ordenación Territorial de la Aglomeración Urbana de Granada
Documentos > El espacio agrícola entre el campo y la ciudad > http://habitat.aq.upm.es/eacc/agranada.html |