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Experiencia seleccionada en el Concurso de Buenas Prácticas patrocinado por Dubai en 1996, y catalogada como GOOD.
(
Best Practices Database.)
País/Country: India
Región según Naciones Unidas: Asia (Irán, Afganistán y Japón incluidos)
Región ecológica: Continental
Ámbito de la actuación: Ciudad
Instituciones: Académicas y científicas, gobierno central, gobierno
local, gobierno regional, organizaciones no gubernamentales (ONG)
y organizaciones de base comunitaria (OBC).
Palabras clave = Equidad entre hombres y mujeres. Legislación.
Administraciones locales. Planificación regional. Gestión urbana.
Categorías = Buena gestión urbana: descentralización; legislación;
fomento de la colaboración pública y privada. Igualdad y equidad de
género: plena participación en la sociedad; necesidades por razón
del género; medidas de discriminación positiva. Procesos de
planificación regional y urbana: planificación comunitaria; proceso
consultivo; Agenda 21.
Contacto principal:
Secretary, Urban Development, MUA&E
Nirman Bhawan
New Delhi, Delhi India
100 011
Patrocinador:
Secretary, Department of Urban Development, MUA&E, GOI, New Delhi
Secretary, Urban development, MUA&E
Nirman Bhawan
New Delhi, Delhi India
100 011
Socio:
Local Self Govt. Departments of the States in India
Secretary, Urban Development, MUA&E
Nirman Bhawan
New Delhi, Delhi India
100 011
Socio:
Executive Director, HSMI
212, Asian Games Village, Khelgaon Marg
New Delhi, Delhi India
100 049
6493375
Además de garantizar que sean los representantes del pueblo quienes
lleven las riendas de los asuntos civiles en todo momento y que
ninguna entidad elegida podría ser destituida durante un plazo de
al menos seis meses, la Constitución ahora estipula la reserva de
un tercio de los cargos para mujeres y otros sectores débiles,
incluidas las castas y las tribus registradas y las clases
inferiores.
Las funciones de los ayuntamientos incluirán, de ahora en adelante,
responsabilidades en materia de desarrollo económico y justicia
civil, además de seguir desempeñando las labores municipales
habituales.
En el contexto de la Agenda Local 21, los ayuntamientos también
serán responsables de la gestión del medio ambiente urbano. Se
centrarán en la planificación del desarrollo urbano, en lugar de la
planificación de los usos del suelo, y en la integración de la
planificación urbana y rural. Los representantes populares tendrán
voz y voto en todas las cuestiones relativas a la planificación.
La Constitución se ha propuesto garantizar la autonomía fiscal a
nivel local, exigiendo que se creen Comités Financieros Estatales,
los cuales definirán los principios para las interrelaciones
fiscales de los ayuntamientos con la administración del Estado.
Las enmiendas, que suponen unos cambios esenciales en materia de la gobernabilidad de las ciudades, tendrán un impacto a largo plazo.
Inicio: 1989
Interrupción: 03/1994
Final: en marcha.
La iniciativa de la India para una descentralización democrática.
La respuesta del gobierno de la India a la crisis de la
gobernabilidad municipal fue otorgar a los organismos urbanos
locales un estatus constitucional para que se pudiesen definir los
parámetros de un nuevo marco legal en base a un fortalecimiento de
la democracia local en la India.
Las enmiendas número 73 y 74 de la Constitución india representan
la iniciativa más audaz de todo el mundo para la difusión de la
democracia a nivel local, tanto en áreas urbanas como en zonas
rurales. Estas enmiendas respaldan absolutamente el compromiso del
gobierno indio de conferir su poder a manos del pueblo.
Los principales objetivos que se propone la Ley de Enmienda
Constitucional número 74 son:
Delimitación de suelo.
Partiendo de las antiguas prácticas mediante las que se delimitaban
los municipios sin referencia a ningún criterio específico (y, en
muchos casos, se constituían sobre consideraciones de tipo
político) la Constitución enmendada exige que los términos
municipales se determinen en base al número de habitantes de la
zona, a la densidad de población, los ingresos que genera la
administración local, la tasa de desempleo en actividades no
relacionadas con la agricultura y la importancia económica u otros
factores a especificar por la administración estatal mediante
notificación pública a este fin.
Se prevé además la creación en todos los estados de:
Un área metropolitana puede estar totalmente incluida dentro de los
límites de un único distrito, o parte de ella puede encontrarse en
un distrito, o bien puede estar dentro de los límites de más de uno
(siempre que sean contiguos). Puede estar constituida por dos o más
municipios o Panchayats u otras áreas adyacentes. El gobernador es
quien decide, mediante notificación pública, qué zonas cumplen los
requisitos mencionados anteriormente para constituirse en "área
metropolitana".
Puede apuntarse que, bajo las nuevas disposiciones de la
Constitución, las prácticas de delimitación para la clasificación
de los municipios existentes según los tres tipos propuestos
tendrán que conducirse con la debida consideración a la existencia
de numerosas entidades locales de diferentes tipos. Esto puede
llevar a fijar nuevos límites a las entidades locales existentes y
a redibujar los planos de los municipios de la India, con las
consiguientes implicaciones políticas.
El contexto político.
La Constitución con sus enmiendas establece que en lo sucesivo, el
poder político residirá en los representantes populares y no en la
burocracia municipal. Aunque no dice nada acerca de designar un
poder político ejecutivo, la intención es claramente que los
miembros debidamente elegidos asuman las potestades y la autoridad
para el funcionamiento democrático de la administración local. En
algunos Estados, las autoridades municipales propuestas incluirían
el Ayuntamiento, el Comité Permanente y la figura del Alcalde. En
vista de la predominancia de los sectores más débiles en la
sociedad india, incluidas las castas y tribus registradas y los
parias o clases inferiores, la Constitución exige que se reserve un
número proporcional de cargos para cada una de estas clases.
La Enmienda número 74 supone la obligación constitucional de
establecer Comités Electorales del Estado: dispone que la
supervisión, dirección y control de la preparación de las listas
electorales y los procedimientos de todas las elecciones
municipales los efectúe el Comité Electoral del Estado, que será
común para los Panchayats y los Ayuntamientos.
Plena participación de la mujer.
Debido a la política nacional de asignar un estatus igualitario a
las mujeres, además de las reservas de cargos para las castas y
tribus registradas y los parias, la Constitución, con estas
enmiendas, reserva cargos para la mujer en los ayuntamientos.
Se piensa que, incluyendo a la mujer en la jerarquía del poder de
las administraciones locales elegidas de la India, se ha dado el
primer paso para garantizar a las mujeres el ejercicio de sus
legítimos derechos en los procesos de desarrollo. De todos modos,
es demasiado pronto para evaluar el impacto de esta audaz
iniciativa. En cualquier caso, es fácil aventurar que la
administración local es un área en la que la participación de la
mujer producirá grandes cambios, dado que la administración, a este
nivel, se ocupa fundamentalmente de asuntos relativos a la calidad
de vida, un tema en el que el papel de la mujer es relevante en
cualquier sociedad.
La distribución de funciones y autoridad.
Es bien sabido que tanto en una estructura federal como en un
estado unitario, donde la administración local está formalmente
subordinada a la administración central, las constituciones
nacionales determinan las jurisdicciones funcionales de los
diversos niveles de la administración. A veces, también se confían
ciertos campos de responsabilidad a instituciones locales mediante
las decisiones del poder ejecutivo.
Según la Constitución de la India, que se basa en una estructura
federal, el poder legislativo se encuentra repartido entre las
administraciones locales y la central, y hay tres listas
legislativas. Los artículos de las tres listas legislativas no
constituyen las fuentes del poder legislativo, sino que son
meramente temas para legislar.
A diferencia de las jurisdicciones funcionales de los estados que
se rigen mediante la constitución, el dominio funcional de las
instituciones locales de la India, incluidas las administraciones
locales, se deriva de las responsabilidades que los estados delegan
en los ayuntamientos mediante ley. La Enmienda número 74 sienta las
bases para que la legislación de cada estado de la India asigne sus
correspondientes funciones a los ayuntamientos de los respectivos
estados.
Cabe señalar que estas disposiciones no son obligatorias. Es la
legislación de cada estado la que debe decidir acerca de qué
poderes y qué autoridad se puede transferir a un ayuntamiento.
Actualmente existen diversas disposiciones institucionales para
ejecutar las funciones urbanas, incluidas aquéllas para proveer los
bienes y servicios públicos centrales y locales. Hay algunos
servicios tales como el abastecimiento de agua, el saneamiento y
alcantarillado, la gestión de residuos sólidos, la salubridad y
limpieza, el mantenimiento de vías, el alumbrado público, el
mantenimiento de parques públicos y bibliotecas, la salud pública,
etc., de los que se encargan normalmente los ayuntamientos. Hay
algunas funciones en las que concurren competencias y se llevan a
cabo tanto por las administraciones estatales como por las
instituciones municipales. Para ciertas funciones, las
administraciones estatales han creado instituciones paraestatales
y en el caso de algunas funciones que, estrictamente hablando,
quedan dentro de la esfera de competencias de instancias más
elevadas de la administración, se han transferido las funciones de
los ayuntamientos. Ahora se pretende clasificar las atribuciones en
Funciones Municipales Elementales, Funciones Institucionales,
Funciones de Planificación y Medioambientales, etc.
Autonomía Fiscal Local.
Los Comités Financieros Estatales, constituidos mediante la Ley de
Enmienda Constitucional número 74, están examinando actualmente los
factores relevantes basados en la consideración de la capacidad
fiscal de los organismos locales y de sus usuarios, la topografía
y la geología de sus respectivos asentamientos, la trayectoria
pasada de creación de infraestructuras, el tamaño de las
poblaciones y otros factores económicos y políticos.
Los comités también están revisando la situación financiera de los
Panchayats y de los Ayuntamientos y aconsejarán en cuanto a los
principios que deberían regirlos:
Fiscalidad municipal.
Las administraciones locales dependen de tres fuentes locales y dos
fuentes externas para cubrir sus necesidades de ingresos. Éstas
son:
Gestión del medio urbano.
Hasta 1976, no hubo una exigencia constitucional de protección y
mejora del entorno, ya que ni siquiera figuraba el medio ambiente
como una materia con entidad propia.
En el año de 1976, la Constitución de la India se enmendó con la
Ley de Enmienda Constitucional número 42. Algunas de las
disposiciones de los Principios Directores de la Política del
Estado se incorporaron a la nueva ley: "El Estado procurará
proteger y mejorar el entorno y salvaguardar los bosques y la vida
salvaje del país".
Dándose cuenta de que la participación popular y la concienciación
social constituyen la fuerza motriz para la prevención de la
contaminación y que la difusión de una cultura medioambiental entre
la población es una necesidad imperiosa, la Ley menciona ciertos
deberes fundamentales de los ciudadanos hindúes: afirma que "será
obligación de todos los ciudadanos de la India proteger y
enriquecer el medio natural, incluidos los bosques, lagos, ríos y
vida salvaje, así como tener compasión de las criaturas vivas".
Mediante la Ley Constitucional (Enmienda número 74, 1992) se ha
incluido entre las funciones municipales cuestiones de silvicultura
urbana, protección del entorno y fomento de aspectos ecológicos.
Así, puede verse que el desarrollo urbano, que básicamente se
refiere a la creación de infraestructuras urbanas, ya no es
suficiente para promover ciudades sostenibles. Por otra parte,
tiene que darse un nuevo interés acerca de la gestión del entorno
urbano con la debida comprensión de la conexión entre
infraestructuras, productividad, pobreza y salud ambiental.
Planificación del desarrollo urbano.
La Enmienda número 74 dispone el establecimiento de Comités de
Planificación de Distrito para consolidar los planes elaborados por
los Ayuntamientos y los Panchayats dentro del distrito y trazar los
planos de un Plan de Crecimiento para todo el distrito. Tales
comités deben estar integrados por los representantes de la
población. La documentación del Plan de Crecimiento tiene que
prepararse con respecto a los temas de interés común entre los
Ayuntamientos y los Panchayats e incluirán planificación
territorial, distribución del agua y otros recursos físicos y
naturales, desarrollo integrado de infraestructuras y conservación
del entorno. Los planes así preparados serán remitidos por los
presidentes de los Comités de Planificación a la administración
estatal.
De forma similar, han de establecerse Comités de Planificación Metropolitana en cada área metropolitana, para los que serán elegidos sus miembros integrantes. El Comité llevará a cabo una labor de planificación para el área metropolitana, del mismo modo que ha de hacer en cada distrito el Comité de Planificación del Distrito.
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