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Buenas Prácticas > América Latina y el Caribe > Concurso Internacional 2000 > http://habitat.aq.upm.es/bpal/onu00/bp644.html

Vivienda popular asequible. (Barbados).

Fecha de referencia: 05-07-2000

Experiencia seleccionada en el Concurso de Buenas Prácticas patrocinado por Dubai en 2000, y catalogada como GOOD. ( Best Practices Database.)
País/Country: Barbados
Región según Naciones Unidas: América Latina
Región ecológica: isleño
Ámbito de la actuación: nacional
Instituciones:

Categorías = Personas mayores: diseño de viviendas seguras y accesibles. Desarrollo económico: creación de empresas (sectores formal e informal), capacidad empresarial, microcréditos. Vivienda: acceso a la financiación de la vivienda, industria de la construcción, propiedad del suelo y seguridad.

Contacto principal:
Mrs. Margaret Talma
37 Roebuck Street P.O. Box: 1395C
Ciudad: Bridgetown
Código postal: 246, Barbados.
Teléfono: 228-8285
Fax: 228-8284
udc37@sunbeach.net
Tipo de organización: paraestatal

Socio:
Casse Enginneering Inc.
Dr. Winston Harvey
Suite 4 Carliegh House, Golf Club Road.
P.O. Box:
Ciudad: Christ Church
Código postal: 246, Barbados.
Teléfono: 435-8743
Fax: 435-8769
casseng@caribsurf.com
Tipo de organización: sector privado
Colaboración: técnica

Socio:


Colaboración


R E S U M E N

En agosto de 1997 se fundó la Comisión Urbana para el Desarrollo a modo de agencia paraestatal, para responder a la necesidad percibida de mejorar el nivel y la calidad de vida de las comunidades del área definida como Greater Bridgetown. En primer lugar se promulgaron sendas leyes, en 1980 y en 1997, destinadas a facilitar la consecución del objetivo global expuesto. Por otra parte, a través de la formación de la Comisión Urbana para el Desarrollo, se pretendía crear un mecanismo operativo, , mediante el cual el gobierno intentaría realizar sus objetivos. Acogida como una pieza revolucionaria de la legislación social, la Ley de Adquisición de la Propiedad por parte de los Arrendatarios, de 1980, decretó el derecho de los inquilinos a adquirir las parcelas en las que habían residido por un período de cinco años consecutivos o de cinco de entre los siete inmediatamente anteriores a 1980 o en cualquier momento posterior, tanto en las plantaciones como en otros arrendamientos. El precio establecido para ello era, en el caso de los arrendamientos de las plantaciones, de 1.00 dólares Bds. (50c EE.UU.) por metro cuadrado y, en el caso de los inquilinos de fuera de las plantaciones, al precio del mercado libre. El arrendamiento de plantaciones se definía como el de aquellas tierras situadas en la periferia de las plantaciones por las cuales los inquilinos pagaban alquileres nominales. Su historia se remontaba al período posterior a la emancipación, a mediados de los años 1830s. Los otros arrendamientos se definían legalmente como aquellas áreas de tierra subdivididas en parcelas para permitir el asentamiento de viviendas tipo "chattel" (bien mueble, en lenguaje jurídico [N. del T.]). El término "chattel" es la base sobre la que se originaron ambos tipos de arrendamientos y es fundamental para comprender la relación simbiótica entre esta palabra y la seguridad del arrendamiento, ya que, en el lenguaje de Barbados, el uso del término "chattel" (también sinónimo de esclavo" [N. del T.]) se refiere también a una estructura desmontable de madera, que anteriormente se sostenía sobre rocas sueltas a modo de cimentación con lo que se producía fácilmente su dislocación.


Fechas clave

1980 Acogida de la Ley de Adquisición de la Propiedad por los Arrendatarios como una pieza revolucionaria de la legislación social, 1980-53
1989 Enmienda a la legislación que creó el derecho de una nueva categoría de ocupantes a adquirir las tierras arrendadas y eliminó el derecho de otra categoría a adquirir la Propiedad, 1989-14
1997 Aprobación de la legislación para la formación de la Comisión de Desarrollo Urbano
Ley de la Comisión de Desarrollo Urbano
1998 El gobierno afirma que llevará a cabo una política de subvenciones a la venta de parcelas en arrendamientos urbanos.




D E S C R I P C I Ó N

Situación previa a la iniciativa
El área urbana, tal como está definida, está constituida por 3.462 hectáreas y tiene una población de 103.000 habitantes, lo que representa un 40% de los habitantes de la isla, ya que en ella la población se concentra en el área urbana. Esta población se distribuye en 33.600 familias, de entre las cuales 13.000 (39%) cabezas de familia están jubilados. El Estudio sobre la Pobreza realizado en Barbados en 1997, calculó unos ingresos medios de cerca de 28.000 dólares Bds. (14.000 dólares EE.UU.). El salario mínimo es actualmente de 15.163 dólares Bds. (7.581,50 dólares EE.UU.). La mitad de las 33.600 familias ganan menos de 10.000 dólares Bds. y, de esta cantidad, el 70% gana menos de 5.000 dólares Bds.. Aproximadamente unas 17.500 viviendas de entre las 26.300 conocidas tenían más de quince años en 1995, lo cual indicaba una gran necesidad de reparación. Las 33.600 familias todavía emplean unas 5.000 letrinas de pozo negro, lo cual refleja la pobreza y el bajo nivel de las viviendas que se encuentran en el paisaje urbano. El cuadro resultante de las anteriores cifras es el de una población pobre, envejecida y urbana que se encuentra dentro de los niveles más bajos en el rango de salarios. Para su subsistencia esta población necesita ineludiblemente alguna forma de intervención gubernamental ya sea para obtener una nueva vivienda o para mejorar la que ocupan en la actualidad. Existe, pues, un desequilibrio entre el coste de la nueva vivienda y los ingresos de las personas urbanas pobres. Los demás asuntos que afectan a este grupo objeto del proyecto tienen que ver con la inseguridad de los arrendamientos a la que se enfrentan los ocupantes de tierras arrendadas en las que seis o más familias alquilan la tierra a un único propietario. Se le conoce familiar y legalmente como los arrendatarios de Barbados. Por medio de la legislación se ha intentado, a lo largo de los años, ofrecerles una mayor seguridad, culminando en la legislación promulgada en 1980, que otorga a los ocupantes que han residido en las parcelas arrendadas por un período consecutivo de cinco años o de cinco de entre siete años el derecho de adquirir las parcelas. A pesar de la legislación, en el caso de los arrendamientos situados fuera de las plantaciones -los arrendamientos urbanos- había muy poco movimiento en cuanto a la transferencia de títulos desde los propietarios a los inquilinos. Por otra parte, en ciertas plantaciones se daba, en la práctica, el desahucio de arrendatarios, a veces respaldado por los tribunales, que dictaban las resoluciones finales de expulsión. Después de cerca de diez años de vigencia de esta legislación, y conociendo algunos de sus problemas intrínsecos, el gobierno decidió enmendarla para reducir los perjuicios a un tipo concreto de propietarios, que habían sido forzados a vender su tierra, en la que residían de dos a cinco arrendatarios. En la legislación enmendada se puso de acuerdo la definición de arrendamiento con la definición anterior a 1980 según la cual el arrendamiento era aquella área de tierra que estaba subdividida en más de cinco parcelas de alquiler para la construcción de viviendas móviles. A pesar de lo explicado anteriormente, también se evidenciaba una elevada proporción de arrendamientos de vivienda: tierras vacías e invadidas por la vegetación, estructuras abandonadas y accesos rudimentarios, especialmente en los lugares en que las casas se situaban lejos de las carreteras principales. Proliferaron las denominadas "cuerdas de banjo", que transportan el agua a los hogares individuales convirtiéndolos en enclaves antiecológicos. El gobierno, tal como se ha mencionado anteriormente, intentó implicar a la sociedad civil en la planificación de un nuevo enfoque del área urbana, mediante la constitución de un Comité para la Renovación Urbana con la representación más amplia posible.

Establecimiento de prioridades
En 1997, la Ley para la Comisión Urbana de Desarrollo preparó el camino para la formación de la Comisión Urbana de Desarrollo la cual, como organismo cuyo único objetivo es la renovación urbana, recibía el mandato de tratar de alcanzar los siguientes objetivos:


Formulación de objetivos y estrategias
Los objetivos se formularon, a partir de los problemas expuestos anteriormente. Se detallaron en el sumario, obtuvieron la aprobación del consejo y se presentaron en la Cámara de la Asamblea. El apoyo político se movilizó a partir de la fase de planeamiento, al implicarse los representantes parlamentarios para el área urbana, que ascendían a 14 de los representantes electos en la Cámara Baja del Parlamento. El Programa para la Renovación Urbana se formuló dentro del Ministerio de Vivienda, al cual compete esta función al más alto nivel administrativo. Concretamente, la realiza el Planificador Jefe de Vivienda. Este cargo, junto a otros jefes de sección, está inmediatamente por debajo del Ministro y del Secretario Permanente. Ahora la comisión tiene un Funcionario de Relaciones Públicas permanente y un programa activo de relaciones públicas, que contempla tanto los medios impresos como los electrónicos, y prevé la colaboración de asesores de relaciones públicas. Esta metodología permite aportar la mayor cantidad de información a la población objeto del proyecto. En cada barrio de arrendamientos tienen lugar reuniones comunitarias para las cuales la Comisión para el Desarrollo Urbano está preparando la transferencia de los títulos de propiedad. Se están obteniendo además pequeños espacios en la televisión nacional para programas informativos destinados a la población a la que va dirigida el proyecto. También se están elaborando y distribuyendo folletos que contienen información simple y objetiva. Una de las preocupaciones para la ejecución del proyecto se centra en el área de la adquisición de tierras libres y tiene que ver con la cantidad de tiempo que lleva adquirir las tierras, ya que el tiempo más corto posible previsto es de un año. De nuevo, la falta de previsión provoca que ciertas mejoras o modificaciones dentro del marco permitido se tengan que realizar sobre la marcha. Considerando lo anterior, la política del gobierno es la de subvencionar las parcelas del área urbana. Frecuentemente el tamaño de éstas se sitúa en torno a los 2.500 pies cuadrados (232.25 m2) por término medio, debido a las elevadas primas en los usos competitivos de la tierra en el área urbana. Sin embargo, esta hipótesis se pudo comprobar recientemente en un arrendamiento urbano concreto que entraba dentro los límites geográficos considerados por la Comisión y se encontraron varias parcelas de mayor tamaño. Esto forzó a la Comisión a adoptar un criterio específico según el cual se establecía un límite o punto de corte, para el tamaño de las parcelas subvencionadas por el gobierno de un máximo de 5.000 pies cuadrados (464,5m2). La Comisión quedaba responsable de mantener el equilibrio. Por último, los obstáculos aparecen cuando se considera que el precio de venta fijado por el propietario es exorbitante y tiene que ser remitido al Comité de Pequeñas Propiedades del distrito judicial en el que se sitúa el arrendamiento. El precio de venta marcado por este arbitraje independiente es el que se fija como precio de venta del arrendamiento en particular.

Movilización de recursos
Antes del establecimiento de la Comisión Urbana para el Desarrollo, la responsabilidad sobre el área urbana pasó de unos ministerios gubernamentales y organismos del sector privado a otros. Se percibía la necesidad de crear un organismo cuya finalidad fuera la de controlar los negocios del área urbana de forma global. Con ello se quería abarcar todos los aspectos relacionados con la provisión de servicios y de bienes sociales, especialmente cuando éstos tenían que ver físicamente con la mejora del medio ambiente a través de la construcción de carreteras y de desagües y, en general, con las iniciativas de renovación urbana de cara al siglo XXI. Este enfoque del gobierno se basaba en la concepción de una sociedad civil representada por un comité formado por los distintos sectores que la constituyen:


Así pues, desde el principio el gobierno, en consecuencia con su política de inclusión, buscó implicar a la sociedad civil, por medio de la representación más amplia posible. Una vez aprobado el Programa de Renovación Urbana, se promulgó la Ley de la Comisión para el Desarrollo Urbano con el fin de preparar el terreno para la designación de esta Comisión como organismo ejecutorio.

Proceso
Los logros de la Comisión para el Desarrollo Urbano han sido, desde el comienzo, los siguientes:


Resultados obtenidos
Los resultados, hasta la fecha, del Programa de Renovación Urbana se pueden medir tanto cuantitativamente como cualitativamente. Respecto a los logros antes mencionados, se debe señalar que la Comisión para el Desarrollo Urbano ha sido capaz de iniciar la acción en cada esfera de su programa. Por consiguiente, a pesar de que toda nueva organización necesita cierto tiempo para establecerse y arrancar, se han visto ya resultados tangibles a través del recurso a la financiación local, como indican los siguientes ejemplos:
Categoría de la operación, solicitudes recibidas, Fondo de Créditos a Empresas Urbanas desembolsado (476.163 a finales de febrero del 2000), fondos a la vivienda y a las tierras (34.030 a finales de marzo del 2000).


Estos indicadores ofrecen una medida cuantitativa del éxito de la Comisión para el Desarrollo Urbano en la ejecución de sus objetivos. En cuanto a la seguridad de los arrendamientos del programa, el gobierno, mediante la Comisión, ha instituido la política de subvencionar el precio de venta de las parcelas en los arrendamientos urbanos con más de 2,50 dólares Bds. por pie cuadrado. Esta contribución financiera responde a la idea de transferir, aproximadamente, 200 títulos de propiedad en el nuevo año financiero. El indicador de éxito en este caso sería el número de títulos efectivamente transferidos desde el propietario al arrendatario al final del período proyectado. Ahora hay una infraestructura de carreteras en áreas en las que antes sólo había pistas de tierra. Esta mejora de la calidad de la infraestructura física sólo puede conducir al correspondiente aumento de la calidad de vida del entorno más próximo y contribuir al beneficio general del paisaje urbano. Ciertamente la Comisión está haciendo notar su presencia al reducir las bolsas de pobreza en el área urbana, especialmente dentro del grupo de pensionistas mayores, en el que las cifras anteriores muestran la intensidad de la actividad desarrollada para mejorar los pozos negros exteriores, transformándolas en sistemas de retretes de agua. Los puntos clave de esta actividad constructiva son:

Para las asociaciones o colectivos comprometidos, el entorno de la isla contribuye a mejorar la colaboración y la integración en las redes. Así, los ingenieros han presentado solicitudes para elaborar propuestas, como respuesta a la demanda de la Comisión. La asociación de agrimensores ha estado tratando con la Comisión para el Desarrollo,Urban Development Comission, UDC y ha mostrado un gran interés por trabajar con dicha organización en el programa. También se acordó una metodología para medir los arrendamientos.

Sostenibilidad
El Programa para la Renovación Urbana es un acercamiento global al entorno de ciertas personas que viven en las ciudades, para su mejora cualitativa y cuantitativa, en el contexto de la cultura propia de Barbados, con su particular y peculiar modo de comportamiento social y económico. El programa busca mantener esta mezcla de elementos sociales, económicos, ambientales y culturales de manera real, asegurando para la posteridad, por ejemplo, la propiedad de la tierra en los arrendamientos ocupados por la mayoría de las familias durante veinte años o más. Gracias a ello, los beneficiarios poseen ahora un derecho adquirido como propietarios en su comunidad.

Lecciones aprendidas
Las tres lecciones aprendidas más importantes hasta la fecha tienen que ver con:


Transferibilidad
Esta buena práctica, en cuanto a la política del gobierno de fijar un precio de venta de los arrendamientos, se materializó por vez primera en 1980, en los arrendamientos de las plantaciones, cuando se fijó por decreto dicho precio en 10ct por pie cuadrado, 1,00 dólar por metro cuadrado. En este sentido, también, para los arrendamientos no pertenecientes a plantaciones, el gobierno ha fijado el precio de venta de las parcelas en 2.50 dólares por pie cuadrado, 26,91 dólares por metro cuadrado.


Este documento se ha editado a partir de una versión inglesa.

Traducido por Anna Moll Dexeus.

Revisado por Carlos Verdaguer.

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