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Buenas Prácticas > América Latina y el Caribe > Concurso Internacional 2000 > http://habitat.aq.upm.es/bpal/onu00/bp574.html

Ordenanza de evaluación de impacto ambiental (Argentina)

Fecha de referencia: 05-07-2000

Experiencia seleccionada en el Concurso de Buenas Prácticas patrocinado por Dubai en 2000, y catalogada como GOOD. ( Best Practices Database.)
País/Country: Argentina
Región según Naciones Unidas: América Latina
Región ecológica: montañosa
Ámbito de la actuación: ciudad
Instituciones: gobierno local; asociación de profesionales
Categorías = Uso de la información en la toma de decisiones: medidas políticas. Gestión ambiental: sostenibilidad ecológica; seguimiento y control; reducción de la contaminación. Buena gestión urbana: gobernabilidad urbana y metropolitana; gestión y administración públicas.

Contacto principal:
Sergio Schroh
Municipalidad de San Martín de los Andes
Brigadier Juan Manuel Rosas & Gral. R
8370 - San Martín de los Andes
Argentina
Teléfono: 0054 02972 427 315/16
E-mail: munisma@smandes.com.ar
amutio@smandes.com.ar
hhb@smandes.com.ar

Socio:
Colegio de Arquitectos Región II (asociación de profesionales)
Elvio Rocchia
Ramayon 751
Teléfono: 0054 02972 427 021
8370 - San Martín de los Andes
Argentina
Colaboración técnica.

Socio:
Asamblea Vecinal El Molino
Federico Koessler
Los Manzanos S/n B Chapelco
Teléfono: 0054 02972 426 213 / CC N 118
8370 - San Martín de los Andes
Colaboración política.


R E S U M E N

A partir de 1960, los habitantes de San Martín de los Andes (fundada en 1898 y con 25.000 habitantes), empezaron a mostrar una preocupación creciente por su medio ambiente. Esta preocupación se dejó ver por primera vez cuando el lago Lacar mostró los primeros signos de contaminación, debidos básicamente al vertido de aguas residuales. La comunidad se movilizó y mantuvo varias asambleas vecinales, donde participaron las autoridades locales. Alrededor de 1984, la planificación urbanística tuvo en cuenta aspectos ambientales. En 1989, la Carta Orgánica Municipal menciona explícitamente la voluntad de las gentes de San Martín de los Andes de convertir el medio ambiente en una prioridad, entendiendo que un marco legal consensuado era el punto de partida para que aumentase la concienciación de la población en relación con las políticas ambientales dentro del marco conceptual del desarrollo sostenible.

En 1994 se elaboró la ordenanza 1584/94, cuyo texto fue finalmente aprobado en 1996. Esta norma respondía plenamente a todos los criterios establecidos por la Carta Orgánica Municipal que declaraba el propósito de asegurar una gestión adecuada del medio ambiente, proteger los ecosistemas y garantizar las oportunidades de las generaciones futuras a través de un desarrollo sostenible. A lo largo de cuatro años, los logros se pueden valorar en la medida en que ha sido posible evaluar y adaptar los diferentes proyectos (equipamientos, servicios e infraestructuras, barrios residenciales, desarrollos turísticos, viviendas particulares) tomando en consideración los cambios en el entorno y buscando medidas para mitigar el impacto negativo que los proyectos mencionados pueden causar en el medio ambiente social y natural.



D E S C R I P C I Ó N

Situación previa a la iniciativa

Antes de la aprobación de esta ordenanza, no se ejercía ningún tipo de control sobre los proyectos y su posible impacto en el medio natural o social. Finalmente, en 1984, la legislación local definió los criterios con los que abordar las cuestiones ambientales. A partir de 1996 se puso en marcha una política ambiental y un control efectivo sobre el medio ambiente por parte de las autoridades municipales.

Establecimiento de prioridades

Las prioridades vinieron definidas por la importancia concedida al entorno natural, especialmente como soporte de vida, tanto por los habitantes de la región como por los visitantes; las personas, su calidad de vida y su capacidad de convivir con su entorno son cuestiones que inmediatamente surgen de lo anterior. En consecuencia, el análisis de cualquier plan, programa o proyecto que afecte al municipio y a su zona de influencia se convierte en una prioridad. Esta evaluación es fundamental a la hora de determinar si las actividades previstas por cualquier proyecto pueden causar algún impacto negativo en el medio. En tales casos, es necesario que los responsables califiquen, cuantifiquen y mitiguen el impacto.

Formulación de objetivos y estrategias

Los principales objetivos consistían en regular los estudios de impacto ambiental sobre el suelo, la orografía, la vegetación, la fauna y los cursos de agua previamente a cualquier proyecto urbanístico, arquitectónico, turístico o industrial; garantizar el respeto a la ordenanza y a su espíritu por medio de la participación de la ciudadanía, de las organizaciones no gubernamentales y de los partidos políticos que apoyan la protección del medio ambiente.

La estrategia se fundamentó en la creación de un flujo informativo accesible a todos. Esto exigió que las autoridades locales publicasen manuales de estudio de casos y folletos informativos sobre los mecanismos del proceso.

Movilización de recursos

A principios de 1991, los autores del proyecto incluyeron en el presupuesto del mismo el tiempo dedicado de su jornada laboral, sin considerar que fuese necesaria una aportación adicional. El proceso consultivo llevado a cabo por el Consejo Deliberativo en 1994 decidió por unanimidad financiar el proyecto. Fue sólo en marzo de 1996, con la celebración de un seminario sobre la aplicación de la ordenanza de evaluación de impacto ambiental, cuando se pidió financiación al Banco Mundial para organizar tanto este seminario como el trabajo posterior de consulta que culminó con la propuesta de la ordenanza.

Proceso

Aunque lo anterior muestra una visión general de cómo se desarrolló el proceso, es importante apuntar una serie de problemas que se encontraron a lo largo de este proceso.

Para los autores, la asistencia a varios foros de carácter nacional e internacional para contrastar distintas realidades a nivel nacional, regional y hemisférico supuso un desafío que entrañaba una gran responsabilidad. Esta fase del proyecto se alargó entre 1991 y 1994.

En el marco de las sociedad local, el desarrollo de un taller de trabajo con una alta participación era imprescindible para discutir los beneficios que esta iniciativa traería en relación con los nuevos conceptos ambientales consolidados en la Conferencia sobre Medio Ambiente celebrada en Río de Janeiro en 1992, así como para corregir los viejos conceptos sobre desarrollo. ¿Qué es la Evaluación de Impacto Ambiental?, se preguntaban diversos sectores de la sociedad. Los sectores más tradicionales tenían los siguientes prejuicios:

  1. La puesta en marcha de estas medidas frenarían el desarrollo.
  2. Se desincentivarían las inversiones turísticas.
  3. Otorgaría discrecionalidad a las autoridades.
Muchas de estas incertidumbres se superaron en cuanto se vieron las medidas aplicadas a proyectos ya en ejecución y a otros casos hipotéticos.

En este momento sigue en marcha el proceso de ajuste y actualización de las cuestiones operativas y no han surgido problemas estructurales. En cualquier caso, si el sector profesional cuestiona los plazos requeridos para el proceso administrativo, que exige un período de evaluación por parte de equipos técnicos, habrá que reducir dichos plazos.

Resultados obtenidos

Los objetivos mencionados arriba se han alcanzado parcialmente; esto es natural en la medida que los procesos de gestión ambiental son dinámicos. En cualquier caso, todos los planes, programas, proyectos o actividades presentadas a las autoridades municipales se han sometido a un proceso de evaluación ambiental.

Entre 1996 y 2000 se pueden considerar los siguientes cambios:

  1. Se ha modificado la política ambiental desarrollada por las autoridades regionales, un cambio que se hace visible en las modificaciones experimentadas por el proceso de toma de decisiones, que ha incorporado un importante número de variables nunca antes evaluadas ni tenidas siquiera en cuenta.

  2. Se han producido modificaciones en la distribución de los recursos humanos; se han puesto en marcha la sección de gestión ambiental y la unidad técnica de gestión con especialistas procedentes de cada uno de los municipios.
Simultáneamente, de los proyectos presentados, 112 se calificaron de alto impacto ambiental, por lo que les fue requerido un Informe de Viabilidad Ambiental, y cinco fueron calificados de alto impacto, por lo que les fue requerido una Evaluación de Impacto Ambiental.

Sostenibilidad

La integración con los elementos sociales se ha descrito con anterioridad. Se entiende que las normas legales son instrumentos que deben ser perfeccionados con el tiempo y cuyos errores deben corregirse a través de la integración de todos los sectores sociales.

En relación con los aspectos económicos, tanto los inversores como los profesionales han estado de acuerdo en que los gastos originados por los estudios ambientales son una inversión razonable y positiva en la medida en que permiten un ajuste y una optimización de los recursos empleados, tanto directos como indirectos. De esta forma, los profesionales están empezando a aceptar los estudios de evaluación ambiental como una realidad que hay que asumir.

El aspecto ambiental constituye el centro de la normativa legal, entendido como soporte para la calidad de vida de sus habitantes. A partir de este punto, la gente puede empezar a asumir como propias estas normas en la medida que se realiza cada una de las fases participativas y tiene lugar una concienciación en torno a los temas ambientales.

El aspecto financiero, especialmente en lo que se refiere al préstamo del banco mundial, se está afrontando con recursos propios de la municipalidad. Las tasas fiscales diseñadas para la recuperación del préstamo están relacionadas con el área sanitaria.

Lecciones aprendidas

La estrategia basada en el mecanismo de la consulta previa y en la celebración de talleres de trabajo y formación antes del establecimiento de la norma es una de las lecciones positivas aprendidas.

No hay interés ni entusiasmo por la aplicación de una normativa si ésta no ha sido consultada previamente con los directamente implicados o afectados, al menos en la escala local.

La experiencia muestra que cuanto más se discute en torno a una idea, mayores son las posibilidades de éxito, aunque en el debate no se haya llegado a ninguna conclusión satisfactoria para la mayoría. En cualquier caso, se legitiman las acciones del gobierno municipal.

Es necesario celebrar seminarios de preparación, así como talleres de participación que acompañen todo el proceso de reforma. Por otra parte, la aplicación de la ordenanza y sus resultados deben ser analizados y discutidos al menos una vez al año.

Transferibilidad

Tras la presentación de la ordenanza de Evaluación de Impacto Ambiental, varios foros regionales requirieron copias de las diferentes normativas aplicadas por los municipios de la zona de los lagos; esto se hizo con la intención de crear un archivo que presentase unas líneas maestras para la formulación de nuevas normas sobre medio ambiente. Sin embargo, para poder aplicar esta iniciativa en cualquier otro municipio habría que empezar por organizar una reunión con los grupos sociales más representativos de la comunidad con el fin de iniciar un debate adecuado una vez puestas sobre la mesa las ideas fundamentales. También podría considerarse recomendable mostrar las experiencias de otros municipios, tanto las que han tenido éxito como las que han fracasado. En cualquier caso, es recomendable la presentación de estudios de casos simples para mostrar la aplicabilidad y la posibilidad de replicar una política ambiental concreta y, lo que es más importante, para prevenir y mitigar los posibles impactos socio-ambientales.

Perfil financiero

AñoPresupuesto total (dólares EEUU)
19948.000
199650.000

Referencias

Sección primera.
Declaraciones, derechos y garantías.

Capítulo I
Propósitos y principios.

Artículo 1: Sobre los Fines.

La comunidad de San Martín de los Andes, en cumplimiento de las exigencias impuestas por el Punto 10 del Artículo 11 de la Carta Orgánica Municipal, a través de la presente Ordenanza, declara como propósito la gestión apropiada del medio ambiente y de los ecosistemas, asegurando las opciones de uso de las generaciones futuras según el concepto de desarrollo sostenible.

Artículo 2: Sobre los Principios.

La Política de Evaluación de Impacto Ambiental desarrollada por la Municipalidad con el objetivo de alcanzar los objetivos establecidos, se fundamenta en los siguientes principios:

  1. Los bienes protegidos por esta Ordenanza no son susceptibles de ser mantenidos en relación con sus títulos, por los cuales cualquier ciudadano es considerado parte interesada en su derecho a un bien indivisible, mereciendo la debida protección legal en el ámbito esta Municipalidad.
  2. Cualquiera que provoque, por medio de su actividad, un impacto directo o indirecto en el medio ambiente, es responsable del coste económico necesario para evaluar y minimizar las consecuencias negativas provocadas por sus acciones.

Capítulo II
Derechos y Garantías.

Artículo 3: Sobre el derecho a la participación.

Se garantiza a los particulares, a aquellos que defienden el medio ambiente, a las organizaciones no gubernamentales y a los partidos políticos, el derecho a la más amplia participación con el fin de asegurar el debido respeto a esta normativa y a su espíritu.

Todos los anteriores tienen por lo tanto el derecho de exigir que las Autoridades Municipales resuelvan los casos contemplados en esta Ordenanza a través de resoluciones que, fundadas en el régimen actual y en las normas técnicas, contribuyan a los fines propuestos.

Artículo 4: Sobre los Derechos Constitucionales Reconocidos.

Esta Ordenanza regula local y parcialmente el derecho a un medio ambiente saludable, equilibrado y capaz de albergar el desarrollo humano actual y de las generaciones futuras, estipulado por el Artículo 41 de la Constitución de la Nación en favor de todos sus ciudadanos.


Este documento se ha editado a partir de una versión inglesa.

Traducido por Carlos Jiménez Romera.

Revisado por Carlos Verdaguer.

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