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El acceso a la vivienda como condicionante de la integración social. Políticas municipales


José Luis Gómez Ramiro. Director de Nueva Edificación y Mantenimiento Empresa Municipal de la Vivienda. Madrid

Es necesario siempre recordar el Artículo 47 de la Constitución Española. "Todos los Españoles tienen derecho a Disfrutar de una vivienda Digna y adecuada y los Poderes Públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las medidas pertinentes para hacer efectivo este Derecho.

Disfrutar de una Vivienda Digna y adecuada


II. En referencia directa con el Artículo 47 de la Constitución.

Los Poderes Públicos promoverán las Condiciones Necesarias y Establecerán las normas pertinentes:



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Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid Universidad Politécnica de Madrid
Grupo de Investigación en Arquitectura, Urbanismo y Sostenibilidad
Departamento de Estructuras y Física de la EdificaciónDepartamento de Urbanística y Ordenación del Territorio