| Boletín CF+S > 11 -- Especial: EL AGUA Y LA CIUDAD > http://habitat.aq.upm.es/boletin/n11/n11news.html |
Edita: Instituto Juan de Herrera. Av. Juan de Herrera 4. 28040 MADRID. ESPAÑA. ISSN: 1578-097X
Presentación efectuada en Barcelona, en la Asociación para las
Naciones Unidas en España el 17 de junio de 1999
Audiencia y entrega de la Declaración al Presidente del Parlamento
de Cataluña el 13 de julio de 1999
La Declaración describe la dimensión ambiental de los derechos
humanos, tanto los más conocidos y incluidos en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (DUDH), como los más recientes y
por tanto no incorporados en esta declaración. Es decir, los
derechos llamados de tercera y cuarta generación: los de tercera
generación son los derechos ambientales y ecológicos (que nos
llevan a conceptos como seguridad ecológica) y los de cuarta
generación, los biológicos y genéticos (que nos llevan al concepto
de seguridad biológica).
Hay que decir que ambos conceptos nos llevan al derecho a la vida
y, por tanto, cerrando el circulo, a uno de los más importantes
derechos de 1. generación reconocidos en la Declaración Universal.
Atendidas las crecientes interrelaciones, fruto de la degradación
superpuesta del medio ambiente, ya que variables ecológicas
impactan y degradan sistemas biológicos y, a la inversa, variables
biológicas degradan sistemas ecológicos, nos referimos
genéricamente a los derechos no incluidos en la DUDH como de
tercera generación.
ECOjustícia, pionera en el Estado Español y en Cataluña en la
defensa y reconocimiento, la divulgación y fomento de los derechos
humanos ambientales y la justicia ecológica, su razón de ser,
propone la presentación de una Declaración de Principios
indivisibles por los Derechos Humanos y el Medio Ambiente (segunda
en Europa y primera en el Estado Español), para que sea tramitada
por la Asociación para las Naciones Unidas en España, al Parlamento
de Cataluña, al Parlamento Español y al Parlamento Europeo con el
fin de conceptualizar y comprender mejor estos derechos y apelar a
su reconocimiento por parte de instituciones, organismos, ONGs,
sociedad civil, medios de comunicación y la opinión pública en
general, después de realizar un trabajo de investigación y acciones
previas a su fundación (en el marco de las múltiples actividades
realizadas en el 50 aniversario de la DUDH).
ECOjustícia se presenta hoy, 17 de junio de 1999, haciendo esta
propuesta, en el marco del 27 Aniversario de la Declaración de
Estocolmo de la ONU para el Medio Ambiente Humano y Día Mundial
contra la Desertización y la Sequía, el mismo día de la
presentación pública de la ya nombrada Declaración, que a
continuación detallamos.
Declaración de principios indivisibles sobre Derechos Humanos y
Medio Ambiente
Reunidos el 17 de junio de 1999 bajo los auspicios de la Asociación
para las Naciones Unidas en Cataluña y de la Federación Catalana de
ONG por los Derechos Humanos, la Asociación ECOjustícia propone la
siguiente declaración:
RECORDANDO y teniendo presente la Carta de las Naciones Unidas y la
Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.
RECORDANDO y apoyando la Convención para la protección del
Patrimonio Mundial aprobada por la UNESCO en 1972 y la Declaración
de Estocolmo de las Naciones Unidas por el Medio Ambiente Humano,
también de 1972, de la cual ahora celebramos el 27 aniversario.
RECORDANDO y teniendo presente, por su significado, la Declaración
de la Década 1990-1999 para la prevención de Desastres y
Catástrofes Naturales por parte del PNUMA de Naciones Unidas.
CONSIDERANDO y llamando la atención sobre el incumplimiento de la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
y el Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobadas en Río de
Janeiro en junio de 1992, la Declaración de Río sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo y la Agenda 21 Global para el Desarrollo
Sostenible, también aprobadas en junio de 1992 y finalmente la
Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Desertización y la
Sequía de 1994.
RECORDANDO y teniendo bien presente, como marco de referencia, la
Declaración de Principios sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente
presentada al Parlamento Europeo para su aprobación en las Naciones
Unidas en 1994.
CONSIDERANDO también como referentes que nos guían la Declaración
de Derechos de las Generaciones Futuras aprobada en 1997, la
Declaración de Derechos sobre el Genoma Humano, también aprobada en
1997, y la Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos de
1998 (todas ellas iniciativas de la UNESCO).
CONSIDERANDO y poniendo de relieve, por ser reciente y poco
divulgado, el Convenio sobre el acceso a la información, la
participación pública en la toma de decisiones y el acceso a la
justicia en cuestiones medioambientales, aprobado por la 4.
Conferencia Ministerial por el Medio Ambiente en Europa, celebrada
en junio de 1998 (primera referencia europea a la justicia
ambiental).
CONSIDERANDO y poniendo de relieve, ya que no es vinculante y
además se esta vulnerando, el Convenio por la Bioseguridad
(modificación genética de organismos) aprobado en Cartagena de
Indias en febrero de este año 1999.
CONSIDERANDO también que el Instituto de Derecho Internacional, en
su sesión de Estrasburgo de 1997, declaró que todos los seres
humanos tienen derecho a un medio ambiente sano y saludable y que
los derechos de tercera generación (ambientales y ecológicos) ya
los empiezan a conceptualizar juristas y expertos en derecho penal
y derechos humanos.
CONVENCIDOS que no se puede ejercer el derecho y el deber al medio
ambiente, la necesidad de una educación ambiental y ecológica
permanente y para toda la población y la necesidad de una justicia
ecológica que vaya más allá de intervenir en delitos ambientales si
no se facilita y circula libremente una verdadera información
ambiental y ecológica con la cual la población pueda participar y
tomar decisiones.
PROCLAMAMOS la necesidad que los derechos de tercera generación (no
incluidos en la DUDH), y por tanto el derecho humano al medio
ambiente, sea reconocido y incorporado como instrumento jurídico
universal, con carácter vinculante y por las Naciones Unidas.
Y PROPONEMOS a las Naciones Unidas, que esta Declaración de
ECOjustícia (y las entidades que se adhieran a la misma) sea
presentada al Parlamento de Cataluña, al Parlamento español y al
Parlamento europeo con la intención de coadyuvar y reforzar la
aprobación y la incorporación de estos derechos a las respectivas
cartas magnas y así garantizar su aplicación.
Artículo 1. EL MEDIO AMBIENTE, UN DERECHO HUMANO
1. Toda persona y todo ser vivo (por tanto toda forma de vida
humana o no) tienen derecho a gozar de un medio ambiente sano y
saludable y ecológicamente equilibrado, y esto tanto en relación a
las generaciones actuales (tanto si tienen como sino tienen poder
político, tienen poder de decisión y por tanto responsabilidades),
a las nuevas generaciones (jóvenes o acabadas de nacer), como a las
futuras generaciones.
2. El derecho humano al medio ambiente y el derecho al equilibrio
ecológico del planeta, como derechos de tercera generación, han de
ser considerados derechos humanos de forma indivisible,
interdependientes y universales y del mismo carácter vinculante
-legitimados por el derecho internacional y el derecho humanitario-
que los incluidos en la Declaración Universal. En este sentido y en
el marco de un fortalecimiento del papel de las Naciones Unidas y
de una reforma democrática de las Naciones Unidas, como piden
muchas ONGs y muchos países, proponemos que sean incorporados estos
derechos a una nueva Declaración Universal.
3. Todas las personas de todas las condiciones tienen derecho a la
protección y preservación de los recursos naturales que hacen
posible la vida, el descanso, el trabajo y el bienestar (la salud
incluida) en nuestro entorno más immediato y en el planeta en
general. Por tanto todos tenemos el derecho y el deber de preservar
el aire que respiramos, el sol por lo que representa para todos los
ecosistemas y para la humanidad, el agua (dulce y potable), el agua
marina y los océanos (como reserva de recursos, a parte de reserva
alimentaria), el suelo urbano y rural (como medio ambiente más
cercano), la tierra (para los cultivos y cosechas), los bosques
(como pulmones de biodiversidad y reserva de recursos), los ríos,
los mares y en general la flora y la fauna que hacen posible la
existencia de la humanidad.
4. Todas las personas tienen por tanto el derecho, y los gobiernos
y poderes públicos el deber, de vivir y trabajar libres de polución
y degradación ambiental, de disfrutar de la naturaleza y por tanto
de recreo sin peligro de contaminación, y sobretodo estar
protegidos y prevenidos ante el aumento de riesgos naturales o
impactos ambientales que, cada vez con más frecuencia, provocan
daños, perjuicios y sobretodo morbilidad y mortalidad en
crecimiento.
5. El derecho humano a un medio ambiente sano y saludable debe ser
un derecho y un deber que se debe ejercer delante de entidades
públicas y privadas, y por tanto es ilegítima y perversa cualquier
forma de desinformación, ocultamiento y discriminación de poderes
públicos o privados para neutralizar opiniones, expresiones,
manifestaciones o reivindicaciones en relación a la degradación del
medio ambiente y sobretodo para evitar acciones o decisiones
orientadas a vigilar, proteger, defender o denunciar, situaciones
que dañen el medio ambiente. Si esta desinformación es dada o
avalada por personas de supuesta relevancia científica, debe
considerarse un hecho muy grave y un atentado claro y directo al
derecho humano al medio ambiente.
Artículo 2. LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE COMO DERECHO HUMANO
1. Las generaciones actuales, los gobiernos y los estados deben
luchar, garantizar y asegurar la protección, el mantenimiento y la
perpetuación de la vida y de la humanidad en todas sus formas. Por
tanto se debe considerar un crimen contra la humanidad atentar por
obra, obviamente, pero también por omisión, negligencia,
ignorancia, falta de voluntad política o con cobertura
"científica", contra la naturaleza y contra cualquier forma de
vida. No seamos ilusos o utópicos de pensar, que aún destruyendo la
biodiversidad esto no va con nosotros; somos una especie más y
dependemos de todos los ecosistemas para vivir. Al contrario, según
los últimos estudios científicos que complementan la llamada
Hipótesis Gaia, el Planeta en sí, de un modo u otro se adaptará a
estos cambios, pero la humanidad no podrá hacerlo.
2. Todos los organismos internacionales y supranacionales,
intergubernamentales, agencias que dependen o no de la ONU, tengan
carácter representativo u organizativo, las ONGs y sobretodo los
centros de investigación científica, que hayan aprobado acuerdos,
tratados, convenios, declaraciones, informes, conclusiones,
recomendaciones, etc. relacionados con la preservación de la vida
en la Tierra, tienen la responsabilidad y el deber de denunciar
ante los tribunales internacionales o nacionales, competentes o no
(ya no podemos entrar en casuística jurídicoadministrativa) y ante
todos los medios de comunicación mundiales las alteraciones,
degradaciones o destrucciones irreversibles de recursos naturales
y de garantizar científicamente que el progreso técnico no este
provocando perjuicios irreversibles en todas las formas de vida.
3. Hay que decir, en este sentido, que una cosa es la investigación
científica con objetivos civiles y para mejorar la calidad de vida
de la humanidad y otra las aplicaciones tecnológicas alejadas de
muchas necesidades sociales, entre ellas las ambientales, máximo
cuando en sí mismas comportan delitos ecológicos, riesgos
ambientales y desastres (no) naturales. Por tanto todas las
personas, entidades y gobiernos han de defender el conocimiento
científico, sí, y la investigación científica, también, pero
rechazar y tipificar como actividades peligrosas para la seguridad
ecológica y para la seguridad biológica, y por tanto susceptibles
de violar y vulnerar los derechos humanos más fundamentales como
son el derecho a la vida y el derecho a la salud, todas estas
tecnologías no renovables o no sostenibles que si continúan su
crecimiento ilimitado nos llevaran al "sobrepasamiento" (punto de
no retorno de impactos ambientales y sociales)
4. Hay que proteger y garantizar el desarrollo evolutivo del genoma
humano, y por tanto hay que prohibir cualquier línea de
investigación "científica" susceptible de usos biotecnológicos
comerciales. Los no comerciales tendrán que pasar rigurosos
controles públicos y legales. La unidad genética y la diversidad
biológica, tienen que ser considerados derechos humanos y derechos
de la Tierra de primer orden. Por tanto tienen que quedar
ilegalizadas, pero sobretodo ilegitimadas, por un gran consenso
social y mundial, todas aquellas empresas y actividades comerciales
orientadas a la manipulación genética, las patentes de seres vivos,
partes de seres vivos y toda utilización fraudulenta de los
recursos naturales patrimonio de la humanidad.
5. De la misma manera que hace poco se ha creado como un organismo
independiente de la ONU, el Alto Comisionado de Derechos Humanos,
la ONU, conjuntamente con el Tribunal Penal Internacional y bajo el
auspicio del PNUMA, creará un organismo independiente, y por tanto
al margen del Consejo de Seguridad de la ONU, bajo el nombre ya
propuesto por muchas ONG internacionales, de Consejo Ambiental
Mundial, que velará por la seguridad ecológica mundial y por los
derechos humanos ambientales, que tendrá desde competencias
divulgativas, de alerta, de denuncia, de gestión de recursos, de
movilización y de ayuda humanitaria ecológica hasta la prevención
de riesgos ambientales y naturales, prospectiva ecológica,
transferencia de tecnología medioambiental, ayuda a víctimas de
catástrofes, etc. Incluirá brigadas civiles y cuerpos de
voluntarios y cooperantes bajo la coordinación de la Cruz Verde
Internacional (organismo infrautilizado y casi sin competencias
actualmente) y, en caso de conflicto de intereses o litigios, con
el soporte de la Cruz Roja Internacional y de los cascos azules de
la ONU, siempre con el mandato de la mayoría de países de la ONU y
con el auspicio del Consejo Ambiental Mundial.
Artículo 3. EL DERECHO A LA INFORMACION AMBIENTAL, UN DERECHO
HUMANO
1. La transparencia pública a todos los niveles de los asuntos,
mecanismos, dispositivos, informaciones, indicadores, datos, etc.
relacionados con los derechos ambientales de las personas,
asociaciones y terceros y por tanto de la información ambiental
debe ser garantizada, y tratada su vulnerabilidad como un delito
ambiental. Parlamentos, gobiernos, organizaciones, universidades,
medios de comunicación y poderes públicos han de facilitar,
reconocer y proteger la libre circulación de información ambiental,
fomentar la participación colectiva de la población, aumentar los
canales y recursos para acceder a la información y levantar el
nivel de exigencia política con tal de democratizar los
procedimientos administrativos, jurídicos o no, medioambientales.
2. El derecho a ser informado, sin necesidad de pedirlo y mucho
menos acreditarlo, debe ser garantizado y considerado de forma
clara y precisa operativamente y funcionalmente: En concreto las
instituciones publicas tienen que garantizar esta información
mediante instrumentos masivos y al alcance de todo el mundo, con el
apoyo concertado y reglamentado de todos los medios de
comunicación públicos y privados, con la publicación y difusión de
informes regulares (divulgando datos, indicadores, niveles y
porcentajes de los diferentes ítems ambientales) sobre el estado
del medio ambiente y sus diferentes impactos meteorológicos,
climatológicos, ecológicos y biológicos. Las empresas privadas
deberán tener hilo directo y facilitar informes medioambientales a
su administración local y avisar, sin dilación, a las autoridades
competentes en caso de impactos o daños ambientales, sea cual sea
su causa.
3. El derecho a ser informado incluye también la información
científica. La información y divulgación científica ambiental y
ecológica que tenemos comparadas con las de otros países son muy
bajas. No se corresponde el nivel de información tecnológica que se
nos facilita con el científico.
4. El derecho a ser informado incluye también en positivo las
alternativas, los proyectos, las recomendaciones en curso, tanto
socioambientales como tecnológicas, pero preventivas, para evitar,
neutralizar o disminuir, al menos, la degradación local y global
del medio ambiente. Los programas de educación, motivación y
sensibilización ambiental ciudadana deben ser conocidos y
reconocidos por toda la población y deben llamar a la participación
activamente. Los manuales o guías para un consumo responsable se
deben distribuir de forma masiva y gratuita por todos los hogares,
y se debe facilitar y fomentar el ahorro, el reciclaje y la
reutilización, (las 3R). Los medios de comunicación con el apoyo de
las fundaciones y ONGs pueden crear premios y concursos para
empresas, ayuntamientos, etc. que se hayan destacado, con el aval
de ecoauditorias fiables, de haber reducido tal índice, eliminado
tal variable no sostenible, disminuido la "huella ecológica" de la
ciudad, etc. Creemos que es más eficaz, como se ha demostrado en
otros países europeos, incentivar y premiar que no sancionar o
penalizar.
5. Los recursos y presupuestos económicos para la protección
medioambiental deben aumentar y mucho, ya que se trata del derecho
a la prevención de riesgos ambientales y por tanto se deben reducir
los costes no sostenibles y que a la vez drenan recursos
sostenibles. Se pueden reconvertir instalaciones y tecnología
militar para usos civiles y en concreto para la prevención
ambiental, climática y meteorológica. Hasta ciertos cuerpos
militares bajo mandato civil y de protección civil podrían empezar
hacer tareas de prevención o intervención en este sentido. Las
infraestructuras y apoyos para la protección del medio deben ser
consensuados entre agentes sociales, económicos, administración y
ONG ambientales y deben estar cerca de los ciudadanos. En este
sentido consideramos que los Consejos de Desarrollo Sostenible y
las Agendas 21 Locales tienen que ser más plurales mucho más
cercanas al ciudadano.
Artículo 4. EL MEDIO AMBIENTE, UN DEBER Y UNA RESPONSABILIDAD
HUMANA
1. Las generaciones actuales, los estados, los gobiernos y los
organismos internacionales tienen el deber de luchar, fomentar,
expandir y desplegar todos sus recursos para el desarrollo
sostenible, y explorar y fomentar tecnologías sostenibles, tal como
plantea el llamado "Factor 4" (Ref. Club de Roma, que propone de
forma contrastada duplicar el bienestar con la mitad de recursos),
pero con la perspectiva del "Factor 10" (Ref. algunas ONGs y
algunos ministros del medio ambiente europeos), atendiendo a los
niveles de no sostenibilidad a los que estamos llegando, como medio
para preservar las condiciones de la vida en el planeta y por tanto
garantizar la calidad e integridad del medio ambiente. Debe quedar
claro definitivamente que el actual modelo de desarrollo es
insostenible y que atenta contra el medio ambiente humano y el de
todo el planeta y los destruye.
2. Todos los poderes públicos, dentro de sus posibilidades, tienen
la responsabilidad de proteger, restaurar y defender el medio
ambiente y prevenir, mitigar y sobretodo disminuir y eliminar las
causas que provocan la degradación, tanto si estas causas o
efectos se dan dentro como si se dan fuera de las fronteras
establecidas de sus estados. En relación a los impactos ambientales
y sociales producidos por el cambio climático, hay que decir en
primer lugar que las instituciones reconozcan como datos oficiales
y científicos los informes 1, 2 y 3 del Panel Internacional de
Expertos sobre el Cambio Climático, organismo dependiente del PNUMA
de las Naciones Unidas y de la Organización Meteorológica Mundial,
y que se divulguen los datos de estos informes. A la vez,
obviamente, que las autoridades españolas cumplan los compromisos
adquiridos fruto de la Conferencia de Río y de las partes de Kioto
y Buenos Aires. En este sentido se tienen que proponer que este
tipo de acuerdos o compromisos no sean una cuestión de gobierno o
de ministerio, sino una cuestión de estado. Si el tiempo, la falta
de consenso o perfiles autoritarios hacen inoperante esta
propuesta, lo mejor será comenzar a perfilar una línea de justicia
ambiental, jurídicamente bien documentada, tanto penalmente como
desde la perspectiva de vulneración de derechos humanos, derechos
ambientales y derecho internacional.
3. La protección, conservación y prevención y restauración del
progresivo deterioramiento de la biosfera y la ecosfera (atmósfera,
hidrosfera y geosfera), la previsión meteorológica y la perspectiva
climatológica se han de considerar derechos y deberes de primer
orden por parte de los poderes públicos y, por tanto, se tiene que
considerar un atentado a la vida y a la salud ambiental, la falta
de voluntad de aplicar los muchos acuerdos y tratados que
contemplan estos derechos. Los estados y sus gobiernos han de
velar tanto para que no se produzcan dentro de sus fronteras
impactos ambientales y sociales peligrosos para el bienestar
colectivo, como denunciar a tribunales internacionales competentes
la modificación substancial o irreversible del medio ambiente,
venga o no de estados vecinos o alejados.
4. Mientras los tribunales internacionales no sean bastante
competentes o los actuales Tribunal Penal Internacional y Tribunal
de La Haya no sean llamados a asumir competencias, la ONU,
facultada para crear mecanismos como fuerzas de paz o ayuda
humanitaria, propondrá la creación de una Corte Ambiental con sede
en Ginebra que con ayuda de la Cruz Verde Internacional despliegue
líneas de intervención, tanto preventivas y sancionadoras como de
ayuda ecológica, con la creación de "cascos verdes", expertos y
científicos del IPCC en todo lo que se relaciona con desastres
naturales, alta contaminación, grandes incendios o inundaciones,
sequías graves, calor anómalo, aparición de plagas, pérdida de la
biodiversidad, alto nivel de radiación ultravioleta, etc. y en caso
de que el perfil y la intensidad de las tendencias de los desastres
naturales lo hagan aconsejable, la ONU, en una asamblea
extraordinaria y por tanto de una mayoría de naciones unidas con un
objetivo común, hará acuerdos y convenios con la NASA, la Agencia
Espacial Europea, las correspondientes rusa, china y japonesa
(países con tecnología militar y civil aeronßutica muy
desarrollada) para que se pongan al servicio de la ONU y en
concreto de la OMS y la OMM, para operaciones de ayuda ecológica de
gran alcance. Dicho de otro modo, toda la tecnología de satélites,
infraestructuras, estaciones de control, radares, tecnología láser,
ortofotografia cartográfica, que actualmente se aplica para usos
militares o comerciales, se debe aplicar para usos civiles y
ambientales.
5. En el caso de que el Consejo de Seguridad de la ONU o los países
ricos, llamados G7, o una minoría de estados no aprueben, bloqueen,
pospongan, etc. esta iniciativa o se nieguen a seguirla, se
convocará una asamblea extraordinaria de Naciones Unidas que, con
el soporte paralelo de un Fórum Internacional de ONGs (como
hicieron en Río) y con el soporte de todos esos organismos y
agencias internacionales y centros de investigación científica, se
cree un Consejo Ambiental Mundial que con la ayuda de juristas y
penalistas internacionales, compañías aseguradoras internacionales
(buenos aliados para presionar en esta temática) intervenga en
todos los sentidos, tanto contra esos estados como contra esas
organizaciones transnacionales que estén vulnerando los derechos
ambientales, que quiere decir incumpliendo los acuerdos de Río,
Kioto y Buenos Aires, o sea atentando contra la salud de las
personas, contra las sociedades y naciones y contra la vida en la
tierra. Estos estados deberían ser expulsados de las Naciones
Unidas y las empresas, con indemnizaciones previas a daños y
perjuicios, reconvertidas a otras actividades sostenibles y por
tanto no peligrosas que igualmente tienen salida en el mercado,
porque todo lo que es socialmente útil y ecológicamente sostenible,
tiene su futuro asegurado.
Artículo 5. DIVULGACION, SEGUIMIENTO Y APLICACION DE LA DECLARACION
1. ECOjustícia y las entidades que dan soporte a esta Declaración,
proponemos hacer la máxima divulgación y difusión, ya el hecho de
hacerlo forma parte de uno de los objetivos más importantes, como
es aumentar el nivel de información sobre el medio ambiente y la
posibilidad de acceso de los ciudadanos a esta información. Por
otra parte, proponemos hacerlo de forma escalonada y
descentralizada, para que el mayor número de personas y entidades
puedan participar activamente en un debate y una reflexión sobre
los crecientes vínculos interdisciplinarios de todos los derechos
humanos, el vínculo entre los derechos humanos y el medio ambiente
y su indivisibilidad, y finalmente, decidan como se concretan
cotidianamente y aplicadamente las diferentes expresiones de los
derechos de tercera generación (los impactos, vulneraciones,
degradaciones, negligencias, etc. en relación al medio ambiente
estricto, medio ambiente y salud humana, medio ambiente y cambio
climático, cambio climático y salud humana, prevención de peligros
y medio ambiente, manipulación genética y medio ambiente, etc.
...). Por tanto, se trata de hacer una gran tarea de educación y
sensibilización ciudadana, asociativa e institucional (para
adultos), con la implicación y el protagonismo activo de vecinos,
trabajadores, consumidores, estudiantes, profesores y maestros,
agricultores, usuarios, voluntarios, técnicos, profesionales, etc.
2. En el mismo sentido, proponemos que esta declaración sea
presentada en todos los niveles de la Administración y esté en el
mayor número de Ayuntamientos y Diputaciones, para que sea
debatida, perfeccionada e incluso modificada con el fin de
adaptarla a la realidad de cada localidad y con propuestas
concretas en este sentido, después evidentemente de un trabajo de
reflexión y de consenso, convocando el máximo número de entidades
que quieran participar en esta plataforma o fórum para sensibilizar
la población sobre los derechos humanos y el medio ambiente (de
forma indivisible). También proponemos hacerlo a todos aquellos
agentes sociales y económicos, sindicatos, gremios, universidades,
colegios profesionales, cámaras y otras instituciones, fundaciones,
mutuas y compañías aseguradoras en el mismo sentido. Entre otras
razones porque el conocimiento y la defensa de estos derechos
humanos no es, no obstante lo parezca, "cosas de ONGs", sino que
afectan y mucho a toda la ciudadanía, sobretodo a las actuales
generaciones de adultos, que tienen poder de influir y decidir, y
la defensa de medio ambiente, por la misma razón, no pase
únicamente por la educación ambiental para niños/as.
3. Proponemos que esta declaración sea presentada con el
procedimiento más adecuado, pero a la vez más plural y unitario,
para que llegue al máximo consenso político, sea como proposición
no de ley o como adopción de esta declaración, tanto en el
Parlamento de Cataluña como a la Generalitat de Cataluña. También
proponemos que sea presentada, con tal de enriquecer sus objetivos
y funciones, al Síndic de Greuges, al Institut de Drets Humans de
Catalunya y al Col.legi d'Advocats de Catalunya. En el mismo
sentido pedimos que sea convenientemente matizada y asumida por la
Federación Catalana de ONG por los Derechos Humanos, para que tenga
el soporte de las Federaciones Catalanas de ONG para la Paz y para
el Desarrollo.
4. Finalmente proponemos que esta Declaración se envíe a todas las
instituciones españolas, a las Cortes Generales y al Gobierno
Español, así como a las instituciones europeas, al Parlamento
Europeo (en este caso, además, para recordar que está pendiente de
aprobación la Declaración europea de 1994), a la UNESCO, al Alto
Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos, a la
oficina de ECHO (de ayuda humanitaria), a la OMM, a la OMS y al
IPCC.
Barcelona, 20 de septiembre de 1999
La Associació ECOjustícia hace un llamamiento a la sociedad civil
catalana con el objetivo de decir basta, a la reiterada "postura"
oficial meteorológica y climatológica, extendida y acceptada
acriticamente por muchas instituciones.
Para nosotros, la primera causa de lo ocurrido, de la que apenas se
ha hablado es el impacto ambiental del cambio climático a nivel
regional y local (Mediterráneo) más allá de la climatología propia
estacional típica de esta época y a la que se atribuyen
sistematicamente todas las causas de las crecientes turbulencias
meteorológicas.
Creemos del todo inercial, incompetente y habría que analizar (lo
estamos haciendo) si tambien claramente negligente la actuación de
muchos organismos, FUNDAMENTALMENTE ANTES Y DURANTE las tormentas,
máxime cuando duraron, atravesando toda Catalunya, unas 11 horas,
tiempo más que suficiente para actuaciones urgentes.
¿Que razones tenemos? Atendiendo los diferentes estudios y informes
científicos sobre el impacto del cambio climático en los ciclos
meteorológicos, los ecosistemas mediterráneos y el aumento de
temperaturas, tanto atmosféricas como marinas, que estos últimos
años se han publicado y tenemos (con más motivo los han de tener
organismos públicos, medios de comunicación, servicios
meteorológicos, protección civil, etc. ) no es de recibo presentar
la situación como de excepcionalidad, como se nos está haciendo
creer, incluso por los que están haciendo tanto ruido por el fiasco
de la "Pça Cerdà" -que creemos se está convirtiendo en cortina de
humo-.
Denunciamos, también, la falta de dispositivos y recursos para la
prevención y protección civil en situaciones de alto riesgo
ambiental, pues así se han de abordar estas situaciones que cada
vez son y serán más frecuentes y peligrosas para la población.
Este año 1999, será recordado tanto a nivel peninsular como en
Catalunya, como uno de los más extremos, secos, con golpes de calor
fuera de época, con temperaturas medias superiores a las normales
y aún más superiores las temperaturas mínimas, con las tormentas
más violentas que nunca se han visto en muchas localidades
(explicitado per gente mayor de éstas), granizadas cada vez más
fuertes, etc. etc.
Estamos claramente en una zona susceptible de anomalías
atmosféricas crecientes, recordemos que el inicio del verano ya
estuvo enmarcado por la ausencia durante dos meses del Anticiclón
de las Azores), la temperatura media del Mediterráneo sigue
lentamente aumentando, los fen.menos tropicales aumentan (pequeños
tornados cada vez más frecuentes en el litoral), crecen las nieblas
bajas, etc. Por tanto no entendemos, como no se preveen situaciones
como la del 14 de setiembre y no se activan alertas totales más
próximas a la población, no se crean redes de comunicación entre
centros de control y seguimiento via satélite conectados con
protección civil, los medios de comunicación y las estaciones
meteorológicas, via internet, en tiempo real.
Tenemos en nuestro territorio torres de alerta y control militar,
y en cambio, no hay recursos para tener una infraestuctura de
prevención de riesgos (no) naturales?
Tienen los responsables técnicos y políticos estudios prospectivos
y de impacto ambiental a nivel local sobre el clima y la
meteorologia actual?. Los departamentos y concejalias de medio
ambiente de las administraciones están integradas en redes de
gestión y prevención de riesgos ambientales? Seguimos dependiendo,
de hecho, del Instituto Nacional de Meteorologia?
En el mismo sentido, consideramos casi una burla a la población
tanto las "previsiones meteorológicas" de ese día, la escandalosa
ausencia de boletines especiales del tiempo mientras duró la alerta
oficial (interrumpiendo los programas necesarios), la ausÍncia de
información permanente por Radio, TV i Internet por parte de
Protección Civil y aún más indigna, la posterior información
meteorológica aséptica, acrítica y "sonriente" que se nos dio,
hasta el punto de que en lugar de analizar las posibles causas y
sobretodo informar a fondo de datos completos meteorológicos, más
allá de litros/m2, se realizó un despliegue de imagenes de
"sucesos" que ser. espectacular pero que no informa.
Estamos hablando de derechos humanos ambientales aplicados. Del
derecho humano de la población a ser en 1er. lugar prevenida, en
2.. lugar informada y en 3er. lugar, ciertamente, asistida (de lo
que único que se ha hablado). Muchas personas, familias, negocios,
talleres, explotaciones agrarias, empresas y localidades (y por
tanto ayuntamientos y ciudadanos) etc han sido víctimas una vez más
de la falta de previsión y no de una fatalidad de la naturaleza.
Y esto debe entenderse, también, como vulneración de derechos
humanos, de 3. generación, no demasiado conocidos todavía, pero
emergentes y en vías de reconocimiento internacional los próximos
años.
Por otro lado, no se informa a la población de datos con estos: ¿Es
normal que caigan en Catalunya 24.700 relámpagos en 24 horas, entre
el 14 y 15 de setiembre? La velocidad del viento llegó a alcanzar
191,5 Km/h (categoría 3 de huracán en la escala de Saffir-Simpson).
¿Por qué en esta ocasión, pues en otras sí se ha dicho, no se han
dado datos? Una velocidad que hacía saltar máximas nunca vistas y
planteaba muchas preguntas?
Las pérdidas aunque no hayan habido, milagrosamente, víctimas
mortales (parece que así todo está arreglado) son elevadísimas y
estén o no aseguradas (todavía peor) el impacto social y humano que
comportan es enorme, incluso para el mismo Estado, la Generalitat
y las aseguradoras.
Se ha escrito mucho sobre las compañías eléctricas, pero muy poco
sobre Protección Civil y ni una sola línea, practicamente, sobre el
Servei Meteorológic de Catalunya que tiene competencias.
Hacemos un llamamineto a organismos e instituciones para que con
más razón todavía aceleren los Planes Integrales -preventivos-
Socioambientales a desarrollar en cada localidad, -las Agendas 21
Locales-, y allí donde se estén implementando incorporen mecanismos
de prevención de riesgos y estudios prospectivos de impacto
ambiental del cambio climático y mejores sistemas de información y
alerta local, conectados a Radio y TV y Internet. Es una temeridad
no crear nuevas estructuras de prevención de riesgos.
Finalmente decir que cada vez más, seguridad ambiental y educación
ambiental han de ir indivisibles y la participación ciudadana
adulta, en este sentido es imprescindible.
Estamos a disposición de instituciones, empresas, asociaciones,
usuarios y consumidores. Creemos es la mejor manera de trabajar por
la seguridad ambiental.
"Nunca una generación, como la actual, había tenido tanta res-
ponsabilidad sobre sí misma y sobre el futuro de la humanidad
Saludos libertarios...
Os hacemos llegar un informe que nos ha enviado el colectivo
Solidarios con Itoiz desde Navarra, resumiendo la historia y la
situación actual de la lucha contra el pantano de Itoiz, así como
un manifiesto solidario con los 8 activistas del colectivo
condenados a más de 4 años de cárcel por la acción de sabotaje
realizada en 1996 cortando los cables del sistema de hormigonaje de
las obras.
Este manifiesto lo podéis firmar y enviar a su dirección
electrónica (solidarios@eusnet.org)
PROYECTO DEL PANTANO DE ITOIZ
ALGUNOS DATOS
El pantano de Itoiz es un proyecto que se ubica en el Noreste de
Euskal Herria en la provincia de Navarra, a 30 Kms. de Iruñea
(Pamplona). Se llenaría por los ríos Irati y Urrobi. Su capacidad
sería de 418 Htms3, con una altura de presa de 135 metros y una
distancia lineal de 35 Km inundando 1.100 Has.
ATENTADO ECOLÓGICO Y SOCIAL
Con el llenado del pantano desaparecerían nueve pueblos de los
valles de Artze, Longida e Irati, afectando de manera parcial a
otros seis. De esta manera desaparecería un patrimonio
histórico-artístico de incalculable valor, además de formas de vida
tradicionales que han perdurado hasta nuestros días, basadas en el
respeto a la Madre Tierra. El embalse de Itoiz inundaría tres
enclaves calificados como reservas naturales (Txintxurrenea,
Gaztelu e Iñarbe), con sus respectivas bandas de protección y dos
Z.E.P.A.s (Zona de Especial Protección de Aves) creadas por la
Comunidad Económica Europea. Estas figuras legislativas
protectoras, dan una idea de la riqueza naturalística del entorno
(zona de transición entre el medio pirenaico y mediterráneo) y la
necesidad de protección de diversas especies animales en claro
peligro de extinción. Este es el caso del alimoche, águila real,
buitre leonado, búho real, desmán de los Pirineos, y nutria (que ya
ha desaparecido con los trabajos de construcción de la presa).
FALSOS ARGUMENTOS PARA SU CONSTRUCCIÓN
La excusa del regadío:
Uno de los usos con los que se pretende justificar el embalse de
Itoiz es el regadío de 57.000 Has. en la zona media y Sur de
Navarra, para lo cual necesita la construcción de un gran canal de
177 Km. denominado "Canal de Navarra", que hasta la fecha no tiene
ni tan siquiera proyecto. La Política Agrícola Comunitaria y los
acuerdos mundiales del GATT tendentes a reducir los excedentes
agrícolas y la superficie a cultivar no incentivan la creación de
nuevas hectáreas de regadío, sino todo lo contrario. Además, el
recién aprobado Plan estatal de Regadíos no contempla la creación
de ninguna sola hectárea de regadío derivada de este proyecto. Por
si esto fuera poco, prestigiosos especialistas han realizado
estudios de inversión-rentabilidad de estos hipotéticos regadíos en
los que se desaconsejaría dicha inversión por su gran carestía. El
contestado proyecto de Riaño es un antecedente histórico de engaño
en este sentido. A los 15 años de su construcción no se ha creado
ni una sola hectárea de regadío de las muchas que prometieron.
El engaño del uso urbano y la producción eléctrica:
Otra justificación que dan al proyecto, es la necesidad de agua de
boca para la capital y su comarca. Esto significaría según la
Confederación Hidrográfica del Ebro -CHE- (organismo encargado de
la gestión y distribución del agua) que la capital (Iruñea) tendría
un abastecimiento tres o cuatro veces superior a cualquier ciudad
de primer orden (1.430 l/hab/día). Además, no existe ningún
proyecto serio de cómo canalizar este agua. La producción eléctrica
es otra de las justificaciones utilizadas. Para ello está
proyectada una central eléctrica que produzca 52 Gw/h. Pero por
otro lado el pantano inundaría cuatro centrales situadas a orillas
del río Irati, que producen actualmente 34,6 Gw/h y que deberían
ser indemnizadas con 5.000 millones de pesetas.
LOS VERDADEROS MOTIVOS PARA SU CONSTRUCCIÓN
Sin embargo el verdadero motivo que mueve este pantano es el
suministrar agua desde el Pirineo a las zonas costeras del
Mediterráneo por medio de trasvases, al objeto de emplearla con
fines desarrollistas y especulativos, como el uso turístico, campos
de golf, etc. acentuando el desequilibrio territorial, poblacional
y ecológico, incompatibles con una política mínimamente racional.
El pantano de Itoiz es así una obra clave dentro de la política
faraónica y despilfarradora de trasvases diseñada desde tiempos de
Franco y continuada por los sucesivos gobiernos posteriores.
CORRUPCIÓN ALREDEDOR DEL PROYECTO
Desde su comienzo, ésta obra está caracterizada por la corrupción.
La adjudicación a las empresas constructoras fue fraudulenta.
Antonio Aragón (ex-Consejero de Obras Públicas del Gobierno de
Navarra y ex-presidente de la CHE) cobró entre 240 y 480 millones
de pesetas por dicha adjudicación. Tanto él como Gabriel Urralburu
(ex-presidente del Gobierno de Navarra), ingresaron en prisión por
la adjudicación fraudulenta de ésta y otras obras. El siguiente
presidente del Gobierno, Javier Otano, tuvo que dimitir de su
puesto por idénticas razones, estando en la actualidad en espera de
juicio. Además, el máximo responsable de la seguridad de las obras,
Leoncio Castro, fue uno de los cabecillas del GAL (Grupo
paramilitar creado por el Gobierno español que asesinó a unas 30
personas). El presupuesto inicial del proyecto (16.000 millones de
pesetas), a ascendido a 30.000 millones de pesetas sin causa
justificada.
ILEGALIDAD DEL PROYECTO
El proyecto técnico del pantano de Itoiz está anulado por la
Audiencia Nacional (29/9/95). Esta anulación ha sido corroborada
por el Tribunal Supremo (14/7/97). A pesar de ello ninguna de estas
instancias judiciales ha sido capaz de paralizar las obras. En
estos momentos la presa principal está concluida y la carretera de
circunvalación (en sustitución de la actual que quedaría inundada),
se inaugurará próximamente. Una vez que se inutilice la actual
carretera, darán comienzo a las obras de la presa secundaria. En
1994 la Coordinadora de Itoiz presentó una queja a la Unión Europea
de Medio Ambiente que la desestimó. En Noviembre de 1998, el
Defensor del Pueblo Comunitario dictaminó que el archivo de dicha
queja no está justificado, constituyendo un caso de "mala
administración" por parte de la Institución Comunitaria. Está claro
que las presiones políticas por parte del Gobierno de Navarra y del
Gobierno Español fueron las causantes de este archivo. Para colmo
el Gobierno de Navarra contrató a la empresa mafiosa
Burson-Marsteller (multinacional del lavado de imagen) para hacer
labores de comunicación con respecto al pantano. Dicha empresa ha
asesorado a diferentes dictaduras y a empresas contaminantes para
crear estados de opinión favorables para sus intereses en momentos
difíciles.
FALTA ABSOLUTA DE SEGURIDAD
Un reciente estudio realizado por Antonio Casas, Catedrático de
Geodinámica de la Universidad de Zaragoza, indica que la ladera
izquierda donde está asentada la presa principal, presenta grandes
problemas de estabilidad que podrían tener "consecuencias
catastróficas" acentuados por los llenados y vaciados del embalse
y ante posibles movimientos sísmicos, pudiendo provocar el
deslizamiento de 3 millones de metros cúbicos de tierra, lo que
podría ocasionar el taponamiento de los desagües del fondo, el
desbordamiento de la presa (como ya ocurriera en 1963 en la
localidad italiana de Vaiont, causando 2.000 muertos), e incluso la
rotura de la presa (como en el caso de Tous en el estado español,
en donde murieron varias decenas de personas). En un estudio
realizado por el Ministro de Medio Ambiente se califica a esta
presa como de "máximo riesgo". Tanto el Gobierno de Navarra como el
de Madrid han ocultado deliberadamente todos los estudios que han
ido realizando sobre la peligrosidad de la presa, desde mucho antes
de comenzar la obra hasta nuestros días.
MILITARIZACIÓN DE LA ZONA
Las obras del pantano han supuesto la total militarización de la
zona.
A pie de presa construyeron un cuartel de la Guardia Civil en el
que viven unos 60 miembros. A ellos hay que añadir los más de 30
guardas jurados de empresas de seguridad privadas. El hecho de que
a escasos kilómetros de la obra existan otros tres cuarteles más de
la Guardia Civil hacen de la zona de Itoiz una de las más
militarizadas de Europa. Esto se traduce en un continuo acoso
policial a la población: controles casi diarios de carreteras,
cacheos, amenazas, y más que "sospechosas" quemas de locales
populares y vehículos particulares.
OPOSICIÓN AL PANTANO DE ITOIZ. LA COORDINADORA DE ITOIZ
La Coordinadora de Itoiz nació en el año 1985 (año en el que se
comenzó a hablar de este proyecto) como organismo de oposición al
pantano de Itoiz. A lo largo de todos estos años de vida, su labor
fundamental ha sido la informativa, divulgativa (informes técnicos
varios), movilizadora (encarteladas, manifestaciones, acampadas) y
jurídica (presentación de querellas a las diferentes instancias
judiciales).
EL COLECTIVO SOLIDARI@S CON ITOIZ
En Febrero de 1995 y cuando las obras del pantano llevaban ya más
de un año y medio, nace el colectivo Solidari@s con Itoiz para
cubrir un nuevo frente de lucha: el de la acción directa, pública
y no-violenta, dentro de una estrategia de desobediencia civil en
defensa de la tierra. En estos cinco años de vida hemos realizado
más de cuarenta acciones para denunciar la irracionalidad de unas
instituciones que a pesar de la evidencia de las razones de
oposición han seguido adelante con esta obra anti-ecológica e
ilegal. Estas acciones las realizamos en las sedes de las
instituciones responsables de la obra o a pie de obra. Al acabar
las acciones permanecemos en el lugar de los hechos sin oponer
resistencia a la detención, a pesar de los malos tratos que nos han
infringido los diferentes cuerpos policiales o guardas de seguridad
de la obra. A consecuencia de nuestras acciones hemos sufrido cinco
juicios, y aparte de los 2 meses de cárcel que tuvieron que pasar
ocho miembros de nuestro grupo por el corte de cables, otra persona
del colectivo cumplió una pena de 16 meses de prisión.
EL CORTE DE CABLES
En verano de 1995, la Audiencia Nacional declara nulo e ilegal el
proyecto del pantano de Itoiz, exigiendo a la Coordinadora de Itoiz
el pago de 23.000 millones de pesetas para su paralización. En
vista de que las obras, lejos de detenerse incrementaban su ritmo,
nuestro colectivo decidió paralizarlas mediante una audaz acción.
Así, el 6 de Abril de 1996, al amanecer, 8 miembros de "Solidari@s
con Itoiz" acompañados de cinco periodistas, penetraron en el
recinto de obras. Dos de ellos redujeron al guarda jurado,
arrebatándole el arma para evitar el peligro de los posibles
disparos, y lo maniataron (de esta manera permaneció durante 5
minutos aproximadamente). A continuación, depositaron su pistola en
el tejado de la garita de vigilancia. Instantes después los otros
seis Solidari@s, provistos de sierras radiales, procedieron a
cortar los 6 cables del sistema de hormigonado de la presa. Estos
cables que medían 800 metros de longitud soportaban el transporte
del hormigón necesario para la construcción de la presa. Eran por
tanto el corazón de la obra. De esta manera se interrumpieron los
trabajos durante un año. Como en todas las acciones que realiza el
grupo, una vez efectuado el corte de cables los 8 Solidari@s
permanecieron en el lugar hasta la llegada de los guardas de
seguridad de la obra y de la guardia civil. Fueron esposados a la
espalda y obligados a tumbarse boca abajo recibiendo una salvaje
paliza durante una hora. A consecuencia de la cual los 8 sufrieron
diversas lesiones: rotura de tímpano, lesiones en tendones de las
piernas, moratones por todo el cuerpo, etc... En un juicio
celebrado en primavera de 1999, dos guardas jurados fueron
condenados a indemnizar con 1 millón de pesetas por las lesiones
ocasionadas a dos de los agredidos. Este dinero todavía no ha sido
pagado. Los periodistas también fueron agredidos y su material
fotográfico velado. Al día siguiente, la delegación de un periódico
cuyos periodistas habían sido testigos de la acción, fue asaltada
presumiblemente por la policía, que buscaba material gráfico
comprometedor de la acción. Estas 8 personas fueron encerradas
durante más de 8 horas en un furgón policial en compartimentos
individuales de 1 por 0,50 metros bajo un sol de justicia,
esposados atrás y sin poder beber agua. Durante 15 días hubo una
gran campaña de los mass media que calificaron la acción de
terrorista, intentando posicionar sin éxito a la población en
contra de los autores. Estos ingresaron en prisión, en donde
estuvieron 2 meses, saliendo en libertad provisional en espera de
juicio por la fuerte presión popular. A los 2 días de su salida de
la cárcel, se celebró una manifestación en contra del pantano a la
que asistieron 15.000 personas (una de las más grandes en la
historia de la lucha contra el pantano).
A raíz de dicha acción hubo una fuerte campaña de solidaridad con
los detenidos constituyéndose espontáneamente una gran cantidad de
grupos de "Solidarios" con los Solidarios, que protagonizaron
acciones directas en contra del pantano. También se realizó una
campaña de apoyo a la que se adhirieron mas de 300 colectivos.
CONSECUENCIAS PENALES DE LA ACCIÓN
A los 2 años de la acción, se celebró el juicio en la Audiencia
Provincial de Navarra contra los 8 Solidari@s, que se enfrentaron
a cinco peticiones diferentes, entre las que destacaba la del
Gobierno de Navarra que pedía 19 años de cárcel para cada uno de
los acusados. Finalmente, la sentencia fue de 4 años y 10 meses
(para cada uno de los acusados) por detención ilegal (secuestro),
y tan solo 3 fines de semana por el corte de los cables. La
indemnización por los daños causados ascendió a 1.800 millones de
pesetas. El colectivo interpuso un recurso al Tribunal Supremo que
ha sido finalmente desestimado en Octubre de 1999. La sentencia es
pues firme e implica el inmediato ingreso en prisión. El poder
judicial no puede tolerar acciones tan limpias como la presente, y
al darse cuenta que el corte de cables no constituía en sí mismo un
delito castigable con pena de cárcel, se agarra a una retención que
no superó los 5 minutos, para calificarla como detención ilegal o
secuestro, contradiciendo jurisprudencia anterior. La duración del
supuesto secuestro queda reflejada en el vídeo que sirvió de prueba
testifical en el juicio y que está a disposición de todo el mundo.
Es clarificador que a los 4 policías miembros del GAL
(recientemente juzgados) que tuvieron secuestrado a Segundo Marey
durante 10 días en pésimas condiciones, se les aplique la misma
condena, demostrando a las claras, las diferentes varas de medir
que utiliza la justicia española dependiendo de quién sea la
persona juzgada. Ello sin contar que estos policías dudamos mucho
que vayan algún día a la cárcel, ya que sus superiores (Rafael
Vera, ex-secretario de Estado para la Seguridad y José Barrionuevo,
ex-ministro del Interior) están en la calle en la actualidad,
después de haber sido juzgados, condenados y tras un breve espacio
de tiempo en la cárcel, indultados. Además, está muy claro que en
el caso de la retención de 5 minutos, no era éste el objetivo
específico de la acción (como lo era en el caso de Marey), sino que
se hizo para posibilitar el corte de los cables. Es muy ilustrativo
que el Tribunal Supremo se remita a una sentencia del año 1874,
para defender que dicha retención constituyera un delito de
detención ilegal (secuestro). Por otra parte en Euskal Herria son
prácticamente diarias las detenciones ilegales practicadas por los
diferentes cuerpos policiales (algunas incluso de horas) sin que
esto constituya delito alguno. Vemos pues, como una vez más el
poder judicial se alía con el poder político y económico para
apoyar la irracionalidad, la ilegalidad y la falta total de
sensibilidad para con la Madre Tierra, castigando con una condena
desproporcionada y ejemplarizante a quien la defiende. El
paralelismo de esta sentencia con respecto al contencioso general
del pantano se hace evidente ya que el poder judicial es incapaz de
paralizar una obra que él mismo, de manera reiterativa, ha
calificado de ilegal, poniendo en evidencia una vez más el
sometimiento de éste a las directrices del poder político y
económico. Nada más hacerse firme la sentencia tanto la
Coordinadora de Itoiz, Greenpeace como Ecologistas en Acción
(organización que agrupa a más de 120 grupos ecologistas y
medioambientalistas de todo el estado español), hicieron pública la
petición de indulto para los 8 Solidari@s. Este hecho añadido al
apoyo recibido anteriormente por una gran parte del movimiento
sindical, ecologista y popular de Euskal Herria y de todo el
Estado, nos indican con claridad que el colectivo "Solidari@s con
Itoiz" no está sólo.
"S.O.S. ITOIZ" EUROPEAN TOUR
Ante el inminente encarcelamiento, los autores del corte de los
cables, así como otros miembros del colectivo, han iniciado una
gira por Europa para dar a conocer la lucha contra el pantano de
Itoiz. En esta gira, el colectivo "Solidari@s con Itoiz" realizará
un ciclo de vídeo-charlas explicando las razones que les llevaron
a realizar el corte de cables y el resto de acciones directas en
contra de este macro-proyecto. Otro objetivo es contactar con los
diferentes grupos de defensa de la Tierra para intercambiar
experiencias de lucha y recabar apoyos internacionales. En este
sentido se iniciará una campaña de apoyo y solidaridad con nuestra
lucha por parte de colectivos ecologistas, políticos y sociales.
Para contactar con nuestro colectivo o recabar más información,
estas son nuestras direcciones:
"SOLIDARI@S CON ITOIZ"
Unai Behrendt Baztan
Nagusia Kalea 38-5.B 31.001 Iruñea
EUSKAL HERRIA
Estado Español
E-mail: solidarios@eusnet.org
Página Web: http://www.eusnet.org/partaide/solidarios/home.htm
OCTUBRE DE 1999
MANIFIESTO DE SOLIDARIDAD
Teniendo en cuenta que el pantano de Itoiz constituye:
| Boletín CF+S > 11 -- Especial: EL AGUA Y LA CIUDAD > http://habitat.aq.upm.es/boletin/n11/n11news.html |
Edita: Instituto Juan de Herrera. Av. Juan de Herrera 4. 28040 MADRID. ESPAÑA. ISSN: 1578-097X
Ciudades para un Futuro más Sostenible
Búsqueda |
Buenas Prácticas |
Documentos |
Boletín CF+S |
Novedades |
Convocatorias |
Sobre la Biblioteca |
Buzón/Mailbox
Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid
—
Universidad Politécnica de Madrid
—
Ministerio de Fomento
Grupo de Investigación en Arquitectura, Urbanismo y Sostenibilidad
Departamento de Estructuras de Edificación
—
Departamento de Urbanística y Ordenación del Territorio